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Ley de Inclusión Laboral en Chile: Guía de Cumplimiento y Sanciones

Escrito por Catalina Maldonado | 2/9/26 8:06 PM

Chile se prepara para el 11 de marzo, una fecha que no solo marca un cambio de símbolos en La Moneda, sino un giro en la fiscalización laboral. Con la llegada de la nueva administración, las empresas cierran el ciclo de implementación inicial para entrar en una era de fiscalización robusta y digital. Ya no basta con declarar intenciones; hoy el foco está en la trazabilidad del cumplimiento y la auditoría rigurosa de las medidas subsidiarias.

 

¿Está tu estrategia de Personas alineada con los próximos ajustes? En un contexto donde las multas pueden superar los 60 UTM por cada puesto no cubierto, la incertidumbre no es una opción. En esta nota, desglosamos los pilares técnicos que definirán la agenda de inclusión este 2026 y te invitamos a un espacio exclusivo para líderes de RR.HH.: nuestro próximo webinar, donde junto a expertos, trazaremos la hoja de ruta para que tu organización cumpla con excelencia y sin sobresaltos financieros.

Contexto: La evolución de la Ley de Inclusión en Chile

La Ley 21.015, que entró en vigencia en 2018, marcó un hito al exigir que las empresas con 100 o más trabajadores reservaran el 1% de su dotación anual para personas con discapacidad (PcD) o asignatarias de una pensión de invalidez. Sin embargo, lo que comenzó como una cuota de contratación ha evolucionado hacia un ecosistema normativo mucho más complejo. Con la entrada en vigor de la Ley 21.275, la normativa dio un salto cualitativo al exigir que las organizaciones no solo "cuenten personas", sino que aseguren una cultura inclusiva mediante la figura obligatoria de un Gestor de Inclusión Laboral certificado y la implementación de políticas de diversidad cada año.

 

Hoy, en el umbral de un nuevo ciclo político en 2026, la conversación ya no gira en torno a si cumplir o no, sino en cómo profesionalizar la inclusión para que sea sostenible, auditable y resistente a los cambios en la fiscalización que trae el nuevo gobierno.

El escenario actual: Más allá del 1%

A siete años de la implementación de la Ley de Inclusión Laboral, el ecosistema ha madurado, pero las exigencias han subido de nivel. No se trata solo de cumplir con una cuota; el regulador ahora exige gestores de inclusión certificados y protocolos de ambientes laborales que garanticen una integración real.

 

Puntos clave que marcarán el inicio del 2026:

 

  • Aumento progresivo de la cuota: La discusión sobre el incremento del 1% al 2% (Ley 21.690) sigue en el centro del debate legislativo.
  • Fiscalización estratégica: Se espera que la nueva administración fortalezca el rol de la Dirección del Trabajo (DT) mediante procesos automatizados para detectar brechas de cumplimiento mensualmente, no solo anualmente.
  • Donaciones y medidas subsidiarias: Las nuevas reglas para donar (distribución geográfica y límites por entidad) requieren una planificación financiera que muchas empresas aún no terminan de aterrizar.

Desafíos para el nuevo Ministerio del Trabajo

Con el nombramiento de las nuevas autoridades, el foco estará puesto en tres pilares que podrían impactar directamente tu gestión de personas:

 

  1. Reducción de la informalidad: Se buscarán incentivos para que la contratación de personas con discapacidad (PcD) se traduzca en empleos de calidad y de largo plazo.
  2. Inclusión en el Sector Público: Una de las prioridades será cerrar la brecha de cumplimiento en los organismos del Estado, lo que servirá de "espejo" para las exigencias al sector privado.
  3. Modernización de la certificación: Agilizar los procesos de ChileValora para que las empresas cuenten con los gestores necesarios sin cuellos de botella.

El costo de la inacción: Multas y Cumplimiento subsidiario

En Chile, el cumplimiento de la Ley de Inclusión no es opcional, y las vías para cumplirla están estrictamente reguladas. Si por razones fundadas (como la naturaleza de las funciones o la falta de postulantes) no puedes cumplir la cuota, la ley permite dos alternativas:

 

  • Donaciones: Realizar aportes monetarios a proyectos de corporaciones o fundaciones cuya misión sea la inclusión laboral. El monto anual no puede ser inferior a 24 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) por cada trabajador que falte para completar la cuota.
  • Subcontratación: Celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas a personas con discapacidad. El monto anual de estos contratos debe ser igual o superior a 24 IMM por cada puesto no cubierto.

Nota importante para 2026: Con el ajuste del salario mínimo, el valor de estas donaciones se actualiza automáticamente, por lo que el presupuesto de RR.HH. debe ser indexado año a año.

 

No cumplir con la cuota ni ejecutar las medidas subsidiarias expone a la empresa a multas gravísimas por parte de la Dirección del Trabajo (DT).

 

Tamaño de Empresa

Rango de Multas (por cada trabajador faltante)

Mediana empresa

De 2 a 40 UTM aproximadamente.

Gran empresa

De 60 UTM en adelante (por cada mes de incumplimiento).

 

Considerando que el valor de la UTM en 2026 sigue al alza, una empresa que debe 5 puestos de inclusión podría enfrentar multas mensuales que superan los $20.000.000 CLP, además de quedar inhabilitada para contratar con el Estado y sufrir un daño reputacional significativo.

¡Prepárate con Buk! Participa en nuestro webinar

Entender la ley es el primer paso, pero implementarla con éxito en un año de transición política requiere estrategia. Por eso, queremos que lideres este cambio en tu empresa con seguridad.

¿Qué aprenderás en este encuentro?

  • Análisis de los posibles cambios normativos bajo la nueva administración.
  • Cómo reportar correctamente y evitar las multas (que ahora son mensuales por cada puesto no cubierto).
  • Mejores prácticas para la gestión de ajustes razonables en el puesto de trabajo.

 


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