En el marco de las consecuencias económicas que ha traído la propagación del COVID-19 en nuestro país, el Gobierno dio a conocer un plan de emergencia económico que contempla la inyección de recursos fiscales por hasta US$11.750 millones para los próximos meses.
Uno de los ejes que contempla esa iniciativa, se enfoca en la protección a los ingresos laborales de los colaboradores que deban permanecer en sus casas sin la posibilidad de realizar un trabajo a distancia.
Este proyecto Ley de Protección al Empleo, pasó a segundo trámite y podría ser
aprobado como ley dentro de los próximos días. De ser así, estos serían los principales puntos de esta normativa:
Si hay un mutuo acuerdo con el empleador, o existe un mandato de la autoridad sanitaria, el trabajador puede ser suspendido y cobrar los ingresos de su seguro de cesantía. Para que esto sea posible, el Gobierno inyectará hasta $2.000 millones de dólares en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
Efectivamente, ya que la suspensión no significa desvinculación, por lo tanto seguirá teniendo el vínculo y los derechos laborares de siempre, y el empleador deberá pagar el 50% de sus cotizaciones.
El primer mes el trabajador recibirá un 70% del promedio de su remuneración
en los últimos doce meses. En el caso de que continue el Estado de Catastrofe, el porcentaje baja a 55% y 45% para los siguientes meses.
El primer pago de este seguro se hará con cargo a la cuenta individual de cesantía de cada trabajador. Si luego el saldo es insuficiente, se recurre a los fondos del FCS, donde hay una parte que ha sido aportada por empleador, y otra parte la que aporta el Estado.
Se podrá tener acceso al Seguro de Desempleo de forma extraordinaria contando sólo con 3 cotizaciones los meses anteriores o teniendo 6 cotizaciones continuas o descontinuas durante los últimos 12 meses, siempre y cuando las dos últimas cotizaciones sean del mismo empleador.
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) anunció este trámite se podrá realizar a partir del 1ro de abril a través de su plataforma web. La clave de usuario para poder ingresar a la sucursal virtual podrá ser obtenida en la misma página web o llamando a la central de atención telefónica, para así evitar ir a las sucursales.
El proyecto también contempla la posibilidad de por mutuo acuerdo reducir la jornada laboral. El empleador deberá pagar las horas extras trabajadas y el trabajador obtener el complemento, que tiene un límite mensual de $225.000, de hasta un 25% de su remuneración en el Seguro de Cesantía (se financiará con cargo a la cuenta individual y si no le quedan con fondos de la FCS)
Esta ley protege a los trabajadores, quienes solos podrán ser desvinculados considerando el artículo 161 (por necesidades de la empresa). Si eso ocurre, deberán ser indemnizados.