El próximo 26 de abril comenzará a regir la Ley de 40 horas en la que se reduce la jornada de trabajo de 45 horas a 44, marcando el inicio de la implementación paulatina que se dará cada año hasta alcanzar lo estipulado por la Ley.
Es por esta razón, que te invitamos a leer nuestra nota informativa donde abordamos más sobre el Artículo 22 del Código del Trabajo y sus implicaciones con la ley de reducción de jornada.
En el Artículo 22 del Código del Trabajo establece que la duración de la Jornada ordinaria no puede exceder el límite de 40 horas semanales y cuya distribución se puede realizar cada semana considerando calendario, o bien distribuirse sobre la base de promedios por semana con lapsos de hasta cuatro semanas.
Actualmente la Ley comienza a regir el próximo 26 de abril en donde deberá reducirse una hora laboral, quedando entonces la jornada en 44 horas semanales. Es importante considerar que debe anualmente reducirse una hora hasta llegar a las 40 horas establecidas para el 2028.
Este Artículo 22 tiene límites los cuales son:
Para el año 2028 la jornada de trabajo debe quedar reducida a 40 horas semanales, sin embargo la distribución está establecida de forma paulatina para evitar impactos negativos en las empresas y pymes. Es por esto que se estableció el siguiente esquema de reducción:
Es importante aclarar que si el empleador no respeta las normas de reducción de la jornada, especialmente desde el próximo 26 de abril, los colaboradores afectados podrán presentar reclamaciones ante la Inspección del Trabajo que corresponda denunciando el hecho.
Está establecido que este tipo de denuncia puede hacerse de forma confidencial tanto de forma presencial como online.
El módulo de Control de Asistencia de Buk te permite decirle adiós a los procesos manuales, ya que te ayuda a gestionar el control de asistencia de tus colaboradores donde podrás registrar ingresos y egresos. También podrás administrar en tiempo real los turnos, los permisos, horas extras, ausencias, licencias, vacaciones entre otros.
Conoce más sobre esta herramienta haciendo clic aquí