¿Te ha pasado que tus empleados faltan al trabajo y no sabes cómo actuar? ¿O no fuiste a trabajar y no estás seguro de qué puede hacer tu empleador al respecto?
El Artículo 160 del Código del Trabajo regula la ley en cuanto a las ausencias laborales y las causales de despidos que no tienen derecho a indemnización. Dentro de esa categoría se encuentran los despidos por inasistencias al trabajo.
En este artículo se puede ver que no cualquier inasistencia al trabajo puede justificar un despido, incluso cuando el colaborador no entregue razones de su absentismo, no necesariamente debe ser expulsado del lugar de trabajo. La legislación establece ciertas reglas y requisitos para que el empleador tenga razones suficientes para despedir a alguien por faltar al trabajo.
Es decir, la ley no indica que por faltar solamente un día al trabajo signifique un despido.
Existen tres razones que podrían justificar un despido por inasistencias sin derecho a ningún tipo de indemnización:
Además, es importante mencionar que el artículo sí indica que puede ser un despido justificado por un día de falta en caso de que el trabajador tuviera un cargo de actividad, faena o máquina, que al ser abandonada, se perjudique gravemente a la obra.
También, existe otra razón que permite el despido por faltar un día al trabajo. Si la falta corresponde a un incumplimiento grave al contrato de trabajo, el empleador sí podrá despedir. Aun así, esto suele ser excepcional, y en la mayoría de casos no se puede despedir por faltar un día al trabajo, incluso si no está justificado.
En nuestro país, los descuentos salariales por inasistencias o atrasos se permiten en ciertas situaciones y bajo algunas condiciones. Por ejemplo, si un colaborador llega tarde al trabajo, el empleador puede descontar proporcionalmente el tiempo no trabajado al salario. Aun así, esto solo se puede hacer cuando está previamente avisado a los colaboradores de la empresa, o que esté establecido en el contrato.
Otro ejemplo de esto es realizar el mismo descuento salarial si el colaborador se ausenta de su jornada y no presenta una justificación, es decir, un certificado médico u otro documento que valide su incapacidad de trabajo.
Existen cuatro tipos de ausentismo laboral:
Como líder de tu organización es importante que se implementen estrategias para controlar algunas acciones de los colaboradores, como las ausencias, y así prevenirlas. Te dejamos varios consejos para esto: