Así que ¿contrataste a tu primer colaborador? O ¿estás ad portas de hacerlo? Primero que todo felicitaciones seguro este es un hito en tu emprendimiento, Pyme o empresa ¡Nada mejor que seguir creciendo! Ahora como bien dice el tío Ben “un gran poder conlleva una gran responsabilidad” y es verdad, ahora que tendrás un colaborador tendrás responsabilidad legal y administrativa.
Es clave que un contrato de trabajo sea claro, completo y lo más importante conforme a la legislación laboral chilena. Todo esto para proteger los derechos tanto del empleador como del trabajador y empezar con el pie derecho las bases de una relación laboral sólida.
A continuación, te explicamos paso a paso cómo crear un contrato de trabajo en Chile, qué elementos debe incluir y qué buenas prácticas recomiendan expertos para asegurar un proceso transparente, legal y competitivo.
El contrato de trabajo es un acuerdo legal entre el empleador y el trabajador, que establece las condiciones bajo las cuales se prestarán los servicios. Según la Dirección del Trabajo, debe celebrarse por escrito dentro de los primeros 15 días desde que el trabajador inicia funciones, y dentro de los 5 días en el caso de contratos a plazo fijo.
De acuerdo con el artículo 10 del Código del Trabajo, todo contrato debe contener al menos los siguientes puntos:
1. Identificación de las partes: Nombre, RUT y domicilio del empleador y trabajador.
2. Fecha de inicio del contrato y su duración (indefinido, plazo fijo, obra o faena).
3. Descripción del cargo o función y lugar donde se prestarán los servicios.
4. Jornada laboral: Tipo (completa, parcial, excepcional), duración y distribución.
5. Remuneración: Sueldo base, bonos, asignaciones y forma de pago.
6. Plazos de pago y beneficios adicionales.
7. Lugar y fecha de celebración del contrato.
Partir desde una base es clave, acá te dejamos un modelo el cual puedes usar como plantilla en caso de que quieras aprender hacer un contrato de trabajo in situ.
Es el más común. No tiene una fecha de término establecida y se extiende mientras las partes mantengan vigente la relación laboral. Es la modalidad preferida por la ley, salvo que exista una razón objetiva para contratar a plazo fijo.
Tiene una duración determinada. No puede exceder de 1 año, o 2 años si el trabajador tiene un título profesional o técnico. Si se renueva más de una vez, o si supera los límites legales, se presume como indefinido.
Vinculado a una tarea específica o proyecto. Finaliza una vez que se completa la obra o servicio acordado. Es muy común en sectores como construcción o minería.
Jornada no superior a 30 horas semanales. Tiene reglas especiales en cuanto a jornada y remuneraciones. Ideal para estudiantes, personas con otras actividades o responsabilidades familiares.
Especial para labores de aseo, cocina, cuidado de personas, etc., realizadas en un domicilio. Tiene normas especiales en jornada, descanso y previsión.
Para jóvenes entre 15 y 24 años que combinan estudio y trabajo. Debe tener un plan formativo aprobado. Requiere autorización especial si el trabajador es menor de edad.
Formalizar la relación con tu primer empleado a través de un contrato de trabajo bien hecho es una inversión en profesionalismo y sostenibilidad. Con asesoría adecuada, herramientas digitales y respeto a la ley, tu empresa podrá comenzar a construir un equipo sólido y alineado con sus valores.