A abril de 2026, el sueldo mínimo en Chile es de $539.000 para trabajadores entre 18 y 65 años. Actualmente, el Gobierno y la CUT se encuentran en la fase final de definición para el reajuste que debe regir desde el 1 de mayo de 2026. Tras postergarse la propuesta oficial para este martes 28 de abril a las 15:00 horas, el debate se centra en un incremento que supere la variación del IPC para recuperar el poder adquisitivo, frente a una postura técnica del Ejecutivo que prioriza la estabilidad de la empleabilidad y la productividad laboral.
Desde el 1 de enero de 2026, rigen los montos establecidos en el último ciclo de reajuste legal (Ley N° 21.751). Estos valores son el piso de la actual negociación:
Chile se posiciona hoy como el segundo país con el salario mínimo más alto de América del Sur (solo detrás de Ecuador) y el tercero de Latinoamérica. No obstante, el debate actual está marcado por una brecha de eficiencia: según datos del OCEC-UDP, mientras el salario mínimo real creció un 23% en los últimos cuatro años, la productividad laboral media cayó un 1%.
La discusión legislativa para el periodo 2026-2027 ha dejado de lado las "metas fijas" de años anteriores para centrarse en criterios técnicos de sostenibilidad:
La CUT, liderada por José Manuel Díaz, exige que el incremento sea superior a la inflación acumulada. El objetivo es compensar el alza en los costos de la canasta básica y combustibles. Por su parte, el Ejecutivo busca que el reajuste sea responsable para no presionar la inflación ni la informalidad laboral, que en Chile se mantiene bajo el 30%.
Un punto crítico es la continuidad del Subsidio a las MiPymes. Este mecanismo es esencial para que las empresas de menor tamaño absorban el alza de costos sin destruir empleos. El Gobierno ha enfatizado una mirada a largo plazo (5 años) para asegurar que el salario mínimo no desincentive la contratación formal.
El aumento del Ingreso Mínimo Mensual (IMM) no es un cambio aislado, ya que gatilla ajustes automáticos en:
Ante la inminente aprobación del nuevo monto, las áreas de Recursos Humanos y Compensaciones deben activar tres acciones inmediatas:
Preparación de nómina: Prever la posibilidad de un pago retroactivo. Si la ley se promulga con fecha posterior al 1 de mayo, el ajuste deberá aplicarse de igual forma desde esa fecha.