El contrato de obra o faena es un acuerdo laboral en el que el trabajador se compromete a ejecutar una tarea, proyecto o servicio específico para el empleador, cuya duración está limitada exclusivamente al tiempo que demande dicha obra o faena. A diferencia de los contratos indefinidos o a plazo fijo, su vigencia termina automáticamente al finalizar el trabajo convenido, sin necesidad de aviso previo, aunque se recomienda dejar constancia escrita de la conclusión. Este tipo de contrato puede aplicarse a labores temporales o proyectos específicos dentro de una empresa, como construcción de una obra, desarrollo de un proyecto informático o montaje de instalaciones. La remuneración y jornada se rigen por las normas generales del Código del Trabajo, incluyendo descansos y pagos proporcionales. Solo en caso de terminación anticipada por parte del empleador, el trabajador puede exigir indemnización. Es frecuente en sectores como construcción, ingeniería, eventos y servicios especializados.
Ejemplo:
Una empresa de construcción contrata a un albanil para levantar una obra específica mediante un contrato de faena hasta la entrega del proyecto.
Consejos de aplicación
Se recomienda dejar constancia escrita de la fecha de inicio y término de la obra, detallando claramente el trabajo a realizar, para evitar conflictos sobre la duración del contrato o pagos pendientes.Diferencias relevantes
A diferencia del contrato indefinido, termina automáticamente al finalizar la obra, sin derecho a preaviso. A diferencia del contrato a plazo fijo, su duración depende de la finalización del proyecto y no de una fecha determinada.Normativas asociadas
Código del Trabajo (Chile): Artículos 10, 12 y 44 regulan la duración y forma de los contratos por obra o faena.Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo aplica este contrato? Aplica cuando el trabajo tiene un inicio y fin definido por la obra o faena específica.
- ¿Qué pasa si la obra se demora? El contrato se extiende hasta la conclusión de la obra, respetando los límites legales de jornada y descansos.
- ¿Se pueden pactar renovaciones? Sí, pero debe firmarse un nuevo contrato para cada proyecto o fase de la obra.