El protocolo de acoso laboral es un instrumento interno que deben implementar los empleadores para prevenir y abordar conductas de acoso laboral dentro de la organización. Conforme al Código del Trabajo, la Ley N.º 20.607 y, especialmente, la Ley Karin (21.643), este protocolo debe contemplar acciones de prevención, canales de denuncia confidenciales, procedimientos de investigación imparciales, medidas de protección para la persona denunciante y sanciones proporcionales. Su objetivo es resguardar la dignidad, salud física y psíquica de los trabajadores, así como promover ambientes laborales seguros y respetuosos. El protocolo debe ser conocido por toda la dotación, incorporarse al reglamento interno de orden, higiene y seguridad, y aplicarse de forma oportuna ante cualquier denuncia. Su incumplimiento puede generar sanciones administrativas y responsabilidades legales para el empleador.
Ejemplo:
Una empresa activa su protocolo de acoso laboral tras una denuncia formal, iniciando una investigación interna y aplicando medidas de resguardo.
Consejos de aplicación
Difundir el protocolo a todos los trabajadores, capacitar a jefaturas y asegurar que las investigaciones sean confidenciales, objetivas y dentro de plazos razonables.Diferencias relevantes
A diferencia de una política interna general, el protocolo tiene carácter obligatorio y procedimiento definido por ley. No reemplaza las acciones judiciales o administrativas, sino que las complementa. Aplica tanto a acoso laboral como, según la normativa vigente, a acoso sexual y violencia en el trabajo.Normativas asociadas
Código del Trabajo, artículo 2°: protección de la dignidad del trabajador y prohibición del acoso laboral.
Ley N.º 20.607: tipifica el acoso laboral y obliga a prevenirlo y sancionarlo.
Ley N.º 21.643 (Ley Karin): refuerza la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
Instrucciones y fiscalización de la Dirección del Trabajo.
Preguntas frecuentes
- ¿Es obligatorio contar con un protocolo de acoso laboral? Sí, la ley exige que los empleadores implementen y mantengan un protocolo vigente.
- ¿Debe incluirse en el reglamento interno? Sí, debe formar parte del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
- ¿Qué ocurre si la empresa no aplica el protocolo? Puede ser sancionada por la Dirección del Trabajo y enfrentar responsabilidades legales.