Aguinaldo en fiestas patrias: ¿Es obligatorio?
El aguinaldo de Fiestas Patrias en el sector privado no es obligatorio por ley, salvo que esté pactado en el contrato individual, convenio colectivo o se haya convertido en una cláusula tácita por otorgarse de forma reiterada. Forma parte de la remuneración imponible y tributable.
| 3 Minutos de lectura
| Publicación septiembre 14, 2018| Última actualización septiembre 7, 2026
Llega septiembre y surge una de las preguntas más comunes en el mundo laboral chileno: ¿Mi empleador está obligado a pagarme aguinaldo de fiestas patrias? Esta duda, junto a cómo se calcula y qué descuentos se le aplican, puede generar más de un dolor de cabeza.
Si quieres entender si te corresponde, cómo impacta tu liquidación de sueldo y qué dice la ley, estás en el lugar correcto. En esta nota desglosamos todo lo que necesitas saber sobre el aguinaldo de Fiestas Patrias.
¿Es obligatorio el pago de aguinaldo de Fiestas Patrias en Chile ?
La respuesta directa es no. No existe una ley que obligue a los empleadores del sector privado a pagar un aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, puede convertirse en un derecho adquirido para el trabajador en dos situaciones específicas.
Según la Dirección del Trabajo (DT), el pago del aguinaldo se vuelve obligatorio cuando:
1. Está estipulado en el contrato individual de trabajo o en un convenio colectivo (sindicato).
2. Se ha transformado en una "cláusula tácita" del contrato. Esto ocurre cuando el empleador ha otorgado el aguinaldo de forma repetida y consistente en el tiempo (por ejemplo, durante varios años consecutivos). Al hacerlo, se entiende que esta práctica se ha convertido en un derecho para el trabajador, aunque no esté por escrito.
Un dictamen de la Dirección del Trabajo lo aclara: "El derecho al aguinaldo dependerá de las estipulaciones del contrato individual o de las cláusulas del instrumento colectivo que rija a las partes. También podría constituir una cláusula tácita del contrato de trabajo".
Aguinaldo en tu Liquidación de Sueldo: ¿Es imponible y tributable?
Aquí te ayudamos con otra de las grandes dudas. Una vez que el aguinaldo se paga, deja de ser un "regalo" y pasa a formar parte de tu remuneración mensual. Esto tiene implicaciones directas en los descuentos.
Sí, es imponible
El aguinaldo está afecto a las cotizaciones previsionales. Esto significa que de su monto bruto se descontará tu cotización de AFP, salud (Fonasa o Isapre) y el seguro de cesantía.
El artículo 41 del Código del Trabajo define como remuneración todas las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador por causa del contrato de trabajo. El aguinaldo cae directamente en esta categoría.
Sí, es tributable
Además de las cotizaciones, el aguinaldo se suma a tu sueldo imponible total del mes y, por lo tanto, está afecto al Impuesto Único de Segunda Categoría.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) confirma que los aguinaldos pagados a trabajadores del sector privado se consideran un "mayor valor" de la remuneración y se incluyen en la base para el cálculo de este impuesto.
Tabla Resumen sobre Aguinaldo y Liquidación de Sueldo
|
Concepto |
Calificación |
Detalle Legal |
|
Cotizaciones Previsionales |
Sí, es Imponible |
Se descuenta AFP, Salud (Fonasa/Isapre) y Seguro de Cesantía. Bajo el Art. 41 del Código del Trabajo, es considerado dinero percibido por causa del contrato. |
|
Impuesto Único |
Sí, es Tributable |
Se suma a la base imponible del mes. El Servicio de Impuestos Internos (SII) lo considera mayor valor remuneracional, afecto al Impuesto Único de Segunda Categoría. |
Descuentos aplicados en la liquidación
Al agregarse a la liquidación mensual, el cálculo se liquida de la siguiente manera:
- Monto Bruto: Valor asignado al aguinaldo de Fiestas Patrias.
- Monto Neto (Líquido): Resultado tras restar el 17% a 20% de cotizaciones obligatorias más la escala correspondiente de Impuesto Único.
Casos Especiales: ¿Qué pasa con las licencias y vacaciones?
El estatus del trabajador al momento del pago no anula el derecho a recibirlo si este ya estaba pactado:
- Si estás con licencia médica: Mantienes tu derecho a recibir el aguinaldo. La licencia médica suspende la obligación de trabajar, pero no el contrato de trabajo, por lo que conservas todos tus derechos.
- Feriado Legal (Vacaciones): Si estás de vacaciones (feriado legal) puedes recibir aguinaldo. La Dirección del Trabajo ha señalado en su jurisprudencia (como en el Ordinario N° 1248/066) que los trabajadores con feriado legal conservan el derecho a percibir cualquier beneficio que se otorgue durante ese período.
Simplifica la gestión de remuneraciones en tu empresa
Calcular gratificaciones, aguinaldos y aplicar retenciones impositivas exactas suele demandar horas al equipo de Gestión de Personas. Un error en la liquidación genera reparos legales y desconfianza en los colaboradores.
El Software de Remuneraciones de Buk automatiza el cálculo de sueldos y beneficios extraordinarios asegurando el cumplimiento de la normativa laboral chilena vigente en 2026. Elimina errores en planillas y gestiona el pago de tu equipo de forma transparente.
Agenda una llamada y simplifica tu gestión con Buk.
Preguntas Frecuentes sobre Aguinaldo Fiestas Patrias
¿Cuándo el aguinaldo se convierte en derecho adquirido?
Se transforma en cláusula tácita cuando el empleador lo paga de forma habitual y continuada durante varios años, siendo obligatorio exigirlo.
¿Me descuentan AFP e Isapre/Fonasa del aguinaldo?
Sí, al considerarse remuneración según el Art. 41 del Código del Trabajo, está afecto a cotizaciones previsionales e impuesto único.
¿Se paga aguinaldo si estoy con licencia médica?
Sí, la licencia suspende la obligación de prestar servicios, pero mantiene vigentes las obligaciones laborales del contrato, incluido el derecho al beneficio.
Periodista especializada en creación de contenido y redacción de notas, con foco en contenido digital y gestión de ...


¡Déjanos tu comentario!