¿Qué es Ley N° 21.521 (Título III - Sistema de Finanzas Abiertas)?
El Título III de la Ley N° 21.521 es la pieza regulatoria que deconstruye el monopolio de la información financiera en Chile, dando origen formal al ecosistema de Open Banking. Esta sección de la ley mandata que los datos de comportamiento comercial, saldos, cartolas e historiales de crédito pertenecen exclusivamente al cliente y no a las instituciones que los custodian. Por consiguiente, los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, y emisores de tarjetas de pago están forzados a implementar interfaces de comunicación automatizadas (APIs) con altos estándares de seguridad. A través de estas pasarelas, los Proveedores de Servicios de Información Financiera (PSIF) y los Iniciadores de Prestación de Servicios de Pago (PISP) debidamente inscritos en la CMF pueden interactuar de forma directa con las cuentas del usuario. Este marco normativo elimina barreras de entrada para soluciones tecnológicas, optimizando procesos de evaluación crediticia y permitiendo automatizar transferencias directamente desde portales comerciales o sistemas contables empresariales.
Ejemplo:
Un banco abre sus servidores de datos financieros exponiendo APIs estandarizadas de consulta de saldos para dar cumplimiento estricto al mandato del Título III de la ley.
Consejos de aplicación
Si tu organización actúa como un agregador de datos o pasarela transaccional, audita tus sistemas para cumplir con los estándares técnicos de Financial-grade API (FAPI) exigidos por la CMF, requisito indispensable para operar de forma legal dentro del perímetro del SFA.
Diferencias relevantes
El Título III de la Ley N° 21.521 regula las obligaciones institucionales y los roles del Sistema de Finanzas Abiertas en general (Open Banking), mientras que la Norma de Carácter General (NCG) de la CMF es el reglamento técnico específico derivado que define los plazos de implementación y los protocolos informáticos exactos de las APIs bancarias.
Normativas asociadas
Ley N° 21.521 (Ley Fintech - Título III): Es el cuerpo legal matriz que establece el marco regulatorio del Sistema de Finanzas Abiertas (SFA) en Chile. Regula la obligación de las instituciones financieras de compartir datos bajo consentimiento del usuario, define las entidades proveedoras de información, los proveedores de servicios basados en información y los iniciadores de pagos, sentando las bases de la libre competencia e interconexión digital en el mercado financiero.
Norma de Carácter General N° 513 (CMF): Es la reglamentación técnica principal dictada por la Comisión para el Mercado Financiero que implementa de forma operativa el Título III de la Ley Fintech. Esta norma define el cronograma gradual de interconexión para los bancos y emisores de tarjetas, las especificaciones de diseño técnico de las APIs, los estándares de ciberseguridad y las condiciones de simetría en el intercambio de datos.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de instituciones están obligadas a participar en el SFA según el Título III?
Están obligados los bancos comerciales, las cajas de compensación, las cooperativas de ahorro y crédito, los emisores de tarjetas de pago con provisión de fondos, las administradoras de fondos mutuos y cualquier otra entidad financiera determinada por la CMF.
¿Qué es un Iniciador de Prestación de Servicios de Pago (PISP) bajo esta ley?
Es una nueva figura legal que faculta a softwares autorizados a ordenar transferencias de fondos directamente desde la cuenta bancaria de un cliente hacia el comercio o proveedor receptor, eliminando la necesidad de usar botones de pago intermediarios o portales web tradicionales.
¿Cómo garantiza esta ley que mis datos bancarios no se utilicen de forma maliciosa?
El Título III estipula que el intercambio de información solo puede ocurrir si existe un consentimiento explícito, revocable y con un fin específico otorgado por el cliente. Además, todos los terceros que accedan a los datos deben estar auditados y registrados de forma obligatoria ante la CMF.