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El subsidio al sueldo mínimo es un beneficio del Estado para mipymes. Te explicamos quiénes califican, cuánto se recibe y en qué plazos se entrega.
| 2 Minutos de lectura
| Publicación 04/05/2026 | Última actualización 04/05/2026
Se trata de un aporte en dinero que el Estado entrega a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) por cada trabajador dependiente que haya recibido el sueldo mínimo, según la información registrada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Es un beneficio temporal y focalizado: solo aplica para empresas de menor tamaño y se paga en dos cuotas durante 2026.
El subsidio está disponible para un grupo amplio de organizaciones, siempre que cumplan ciertos requisitos.
Pueden acceder:
El beneficio no está disponible para empresas grandes ni para quienes no cumplan con los rangos de ventas establecidos.
El monto varía según la antigüedad de la empresa. El cálculo considera los meses de enero a abril de 2026 y está sujeto a un tope de 200 trabajadores por empresa.
Los valores son los siguientes:
Si la AFC reporta más de 200 trabajadores con sueldo mínimo, el subsidio igualmente se calcula solo sobre 200.
La postulación se realiza una sola vez directamente en el portal www.sii.cl, usando Clave Tributaria o Clave Única.
El proceso es completamente digital y no requiere documentación adicional, ya que el SII cruza automáticamente la información con los registros de la AFC y el propio Servicio de Impuestos Internos.
Antes de postular o evaluar si aplicas, conviene tener en cuenta algunos puntos clave:
Pueden postular micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas, fundaciones y comunidades que hayan iniciado actividades en Primera Categoría ante el SII antes del 31 de diciembre de 2025 y que tengan ingresos anuales de entre 0,01 UF y 100.000 UF.
Depende de la antigüedad de la empresa: $9.500 mensuales por trabajador si inició actividades antes del 30 de abril de 2025, o $3.150 mensuales por trabajador si comenzó entre mayo y diciembre de 2025. El tope es de 200 trabajadores por empresa.
En dos cuotas durante 2026: la primera en mayo y la segunda en agosto. Ambas las paga la Tesorería General de la República (TGR).
Sí. La segunda cuota se ajusta según un factor de empleo: si la empresa aumentó su dotación de trabajadores respecto a 2025, el monto sube; si la redujo, baja.
La postulación se hace una sola vez en el portal www.sii.cl, usando Clave Tributaria o Clave Única. No se necesita documentación adicional.
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