Registro de Deuda Consolidada: nueva norma de la CMF
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| Publicación 28/09/2026 | Última actualización 28/09/2026
Registro de Deuda Consolidada
El 15 de septiembre de 2026, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la versión definitiva de la normativa que modifica la Norma de Carácter General N° 540 (NCG N° 540) para robustecer el sistema de administración del consentimiento en el Registro de Deuda Consolidada (REDEC).
Esta actualización, nacida bajo el alero de la Ley N° 21.680, flexibiliza las exigencias tecnológicas de almacenamiento para reducir costos, al tiempo que impone nuevas obligaciones de notificación inmediata y trazabilidad para las entidades reportantes.
Con ello, se busca garantizar la seguridad de los deudores y la transparencia del sistema financiero que entrará plenamente en vigencia el 1 de abril de 2026.
¿Qué es el Registro de Deuda Consolidada y cuándo entra en vigencia?
El Registro de Deuda Consolidada (REDEC) es un sistema oficial administrado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que centraliza el historial financiero y crediticio de personas naturales y jurídicas en Chile, cuya entrada en vigencia definitiva está fijada para el 1 de abril de 2026. Este registro unifica la información de obligaciones de crédito vigentes, montos, plazos y estados de pago, abarcando un historial de hasta 5 años para asegurar una evaluación de riesgo comercial más precisa y mitigar el sobreendeudamiento.
La creación de esta plataforma responde a lo dispuesto en la Ley N° 21.680, publicada en el Diario Oficial el 3 de julio de 2024. Su implementación busca corregir las asimetrías de información en el mercado financiero, incorporando a nuevos actores reportantes como compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y emisores de tarjetas no bancarias.
¿Cuáles son los cambios clave en el consentimiento introducidos por la CMF?
Las modificaciones introducidas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a la Norma de Carácter General N° 540 (NCG N° 540) flexibilizan el almacenamiento del consentimiento mediante un enfoque tecnológicamente neutro y exigen la notificación inmediata al deudor. Esta versión final es el resultado de un amplio proceso de consulta pública que acumuló 200 comentarios de 22 entidades en su primera etapa y 167 comentarios de 19 entidades en la segunda.
La actualización normativa establece que los reportantes deben notificar al deudor tan pronto como este otorgue o revoque su consentimiento. Esta notificación debe contener detalles específicos como la fecha, la hora, el canal de otorgamiento y un código interno asignado para asegurar la trazabilidad del proceso. Asimismo, se reemplaza la obligación inicial de utilizar un código encriptado (hash) por un estándar basado en principios de confidencialidad, integridad y verificabilidad documental.
¿Qué obligaciones tienen las empresas ante el Registro de Deuda Consolidada?
Las empresas que actúan como entidades reportantes deben registrar, resguardar por un mínimo de cinco años y reportar de manera fidedigna los consentimientos de los deudores a través de las herramientas tecnológicas dispuestas por la CMF. Para dar cumplimiento a estas obligaciones, las instituciones financieras deben implementar sistemas de administración digitales o de gestión documental capaces de demostrar la validez de cada autorización en caso de fiscalización.
Adicionalmente, la CMF habilitó una Interfaz de Programación de Aplicaciones (API) y publicó el documento Anexo Técnico REDEC para automatizar la comunicación de datos entre los reportantes y la base de datos centralizada. Aquellas entidades que decidan no consultar información sujeta a consentimiento podrán optar por un régimen de excepción, notificando anualmente a la CMF, lo que las exime de implementar estos sistemas de gestión, aunque limitará sus consultas solo a deudores vigentes.
Para comprender los ajustes operativos, la siguiente tabla detalla las principales diferencias entre la propuesta original y la normativa definitiva publicada en septiembre de 2026:
| Aspecto regulado | Propuesta original en consulta | Normativa definitiva (Septiembre 2026) |
|---|---|---|
| Preservación del consentimiento | Exigencia de un código encriptado (hash) específico para cada registro. | Marco tecnológicamente neutro basado en principios de confidencialidad, integridad y autenticidad por un plazo mínimo de 5 años. |
| Notificación al deudor | No se contemplaba una constancia de entrega inmediata obligatoria. | Obligación de notificar de inmediato al deudor el otorgamiento o revocación, indicando fecha, hora, canal y código interno. |
| Revocación de autorización | Sujeta a plazos de vencimiento estándar de la consulta crediticia. | Reconocimiento explícito del derecho del deudor a revocar anticipadamente el consentimiento antes de los 15 días hábiles bancarios. |
| Integración tecnológica | Sistemas de reporte y consulta generales. | Uso de servicios API detallados en el Anexo Técnico REDEC para la consulta y envío de evidencia de consentimiento. |
Preguntas frecuentes sobre Registro de Deuda Consolidada
¿Qué pasa si una entidad consulta el REDEC sin el consentimiento del deudor?
El acceso a la información del Registro de Deuda Consolidada (REDEC) sin contar con el consentimiento expreso, previo y vigente del deudor constituye una infracción legal. De acuerdo con la Ley N° 21.680, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) tiene la facultad de aplicar sanciones administrativas y multas a las entidades reportantes que incumplan estas disposiciones de seguridad y privacidad.
¿Pueden las empresas de software de recursos humanos acceder a estos datos?
No, las empresas de software de recursos humanos o gestión de personas no tienen acceso directo al Registro de Deuda Consolidada, ya que la ley restringe el acceso exclusivamente a las entidades reportantes autorizadas y a los propios deudores. Plataformas como Buk se enfocan en optimizar los procesos internos de administración de personas, remuneraciones y desarrollo organizacional, asegurando la privacidad de la información de los colaboradores de acuerdo con la legislación vigente.
¿Cómo puede un deudor corregir datos erróneos en el REDEC?
Los deudores tienen el derecho legal de solicitar la actualización, rectificación, complementación o cancelación (derecho ARCC) de cualquier dato erróneo o desactualizado en el registro. La solicitud debe canalizarse a través de la entidad reportante o directamente ante la CMF, y las instituciones tienen un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar una respuesta formal al requerimiento.
¿Cuál es el plazo de conservación de la información histórica de deudas?
El Registro de Deuda Consolidada mantendrá un historial de comportamiento crediticio y financiero de las personas naturales y jurídicas por un período máximo de 5 años. Este plazo permite a las instituciones financieras evaluar el riesgo comercial de manera consistente, sin que se perpetúen registros de deudas extremadamente antiguas en el perfil del solicitante.
La correcta adaptación a las normativas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resguarda la reputación de las empresas y fortalece la confianza de sus equipos. Mantenerse al día con estos cambios legales es clave para una administración eficiente. Si buscas optimizar la gestión de tu organización y potenciar el bienestar de tus colaboradores, te invitamos a conocer las soluciones tecnológicas que Buk ofrece para simplificar tu día a día.
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