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Anticipo

Rendiciones de gastos

¿Qué es Anticipo ?

Esta herramienta financiera funciona como un mecanismo de liquidez temporal bajo estricto control administrativo. Al asignarse de manera previa a la ejecución de una tarea, los fondos no constituyen remuneración ni renta para el trabajador, sino un fondo por rendir que permanece como un activo exigible en el balance de la compañía. El proceso exige una conciliación posterior obligatoria, donde el colaborador debe presentar los documentos tributarios (boletas, facturas) que respalden el uso real del dinero. El software de gestión financiera automatiza este flujo cruzando el monto aprobado inicialmente con los comprobantes cargados, calculando de forma exacta los saldos a favor o en contra para realizar la correspondiente devolución o reintegro de fondos en la siguiente liquidación.

Ejemplo:

La empresa transfiere $150.000 a un vendedor antes de su gira comercial para pagar el alojamiento y combustibles.

Consejos de aplicación

Define una política con montos máximos por rol y exige la rendición en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

Diferencias relevantes

A diferencia del reembolso, en el anticipo la empresa entrega el dinero antes de que ocurra el desembolso real.

Normativas asociadas

Requisito de Rendición y Fehaciencia: Para que el dinero entregado no se considere renta para el colaborador, el gasto debe ser debidamente rendido con Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) válidos (boletas o facturas). El SII exige demostrar la fehaciencia (realidad) y la causalidad del gasto con el giro de la empresa. Artículo 21 de la LIR (Gastos Rechazados): Si un colaborador recibe un anticipo y no entrega los respaldos tributarios correspondientes (o gasta el dinero en fines personales), dichos montos se transforman en gastos rechazados. Esto significa que la empresa no podrá deducirlos de su base imponible y, dependiendo de la situación, podrían quedar afectos a una tributación penalizadora del 40% a nivel de la empresa, o reconfigurarse como renta del trabajador. Plazos de Liquidación: Aunque la ley no fija un número exacto de días, las circulares del SII determinan que los anticipos deben ser liquidados (rendidos) en un plazo razonable y prudente tras el término de la comisión de servicio. Mantener anticipos "abiertos" de forma indefinida levanta alertas de auditoría por posibles préstamos informales.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo aplica?

Aplica antes de viajes o compras imprevistas donde el colaborador no cuente con tarjeta de crédito corporativa.

¿Qué pasa si sobra dinero?

El colaborador debe reintegrar el saldo sobrante a la cuenta de la empresa según el plazo estipulado.

¿Cómo se registra contablemente?

Se debita temporalmente en una cuenta de activo (Fondos por Rendir) hasta que se presentan los respaldos.

Fuentes recomendadas

https://www.buk.cl/novedades/finanzas/tratamiento-tributario-rendicion-de-gastos https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/impuestos_mensuales/001_130_0836.htm

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