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Boleta

Rendiciones de gastos

¿Qué es Boleta?

Este documento es el pilar para justificar egresos por servicios independientes que no están bajo un vínculo de subordinación y dependencia laboral. Emitida a través del portal digital del Servicio de Impuestos Internos, la boleta registra el monto bruto, el porcentaje de retención obligatoria de impuestos y el valor líquido que la empresa debe transferir al prestador. Para el departamento de finanzas, procesar estas boletas dentro de las rendiciones corporativas exige verificar que el gasto califique como necesario para el giro del negocio y que la retención impositiva sea declarada y pagada puntualmente en el Formulario 29 mensual. Los sistemas modernos de gestión de gastos automatizan esta tarea al integrarse con el registro del SII, facilitando la validación del documento, el cálculo de las provisiones correspondientes y la correcta asignación del costo al centro de responsabilidad o proyecto específico.

Ejemplo:

Un diseñador web independiente emite una boleta por $300.000 brutos a la empresa tras finalizar el desarrollo de la interfaz del software.

Consejos de aplicación

Automatiza en tu plataforma la validación del estado "Vigente" de las boletas ante el SII para evitar procesar documentos anulados por el proveedor.

Diferencias relevantes

A diferencia de la boleta de ventas y servicios, la boleta de honorarios justifica el trabajo profesional independiente de personas y no transacciones de productos comerciales.

Normativas asociadas

Obligatoriedad de la Boleta Electrónica (Ley Nº 21.210): Desde la modernización tributaria, las boletas de ventas y servicios deben emitirse obligatoriamente en formato electrónico. El comprobante debe contar con el timbre digital del SII para ser considerado un respaldo válido de la transacción en las rendiciones de gastos. El Voucher como Boleta (Resolución Exenta Nº 176 de 2020): El SII dictamina que los comprobantes de pago generados por medios electrónicos (vouchers de Transbank, de otras pasarelas de pago o transferencias electrónicas) tienen el valor de una boleta de ventas y servicios. El comercio que utiliza estos terminales no debe emitir una boleta adicional, por lo que este resguardo bancario es totalmente válido para justificar el egreso contable ante una auditoría. Insuficiencia para Crédito Fiscal (Art. 23 del D.L. 825): Un comprobante de pago o boleta de servicios no otorga derecho a Crédito Fiscal IVA a la empresa, aunque esté a su nombre. Si el colaborador realiza una compra corporativa y necesita recuperar el IVA, el comprobante de pago común no es suficiente; la normativa exige la emisión de una Factura Electrónica debidamente registrada en el Registro de Compras y Ventas (RCV).

Preguntas frecuentes

¿Quién debe retener el impuesto de la boleta?

i el receptor es una empresa que tributa en Primera Categoría, está obligada legalmente a retener el impuesto y pagarlo al fisco.

¿Es un gasto deducible para la empresa?

Sí, es un gasto aceptado siempre que el servicio esté directamente vinculado al giro comercial y el impuesto haya sido declarado.

¿Se puede emitir una boleta de honorarios a un trabajador contratado?

No es recomendable, ya que la Dirección del Trabajo podría presumir una relación laboral encubierta y aplicar sanciones por multas.

Fuentes recomendadas

https://www.buk.cl/novedades/finanzas/tratamiento-tributario-rendicion-de-gastos https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/impuestos_mensuales/001_130_0836.htm

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