¿Qué es Dividendo?
El dividendo es la ganancia que recibe el accionista por el éxito del negocio. En Chile, la Ley de Sociedades Anónimas establece que las sociedades deben repartir anualmente como dividendo, a lo menos, el 30% de las utilidades líquidas de cada ejercicio, a menos que se acuerde algo distinto por unanimidad en las sociedades cerradas. Existen tres tipos principales: el Dividendo Mínimo Obligatorio (el 30% legal), los Dividendos Provisorios (pagos anticipados durante el año con cargo a las utilidades que se esperan obtener) y los Dividendos Eventuales (montos adicionales acordados por la junta). El pago de dividendos es un factor clave para los inversionistas que buscan flujos de caja constantes. Tributariamente, para personas naturales, estos están afectos al Impuesto Global Complementario, pero el accionista suele recibir un crédito por el impuesto de Primera Categoría ya pagado por la empresa, evitando así la doble tributación interna.
Ejemplo:
Una empresa de energía reporta utilidades por $1.000 millones y decide repartir $300 millones entre sus accionistas, entregando $10 por cada acción en circulación.
Consejos de aplicación
Si buscas una inversión estable, fíjate en el Dividend Yield (Rentabilidad por Dividendo); este ratio compara el dividendo pagado con el precio de la acción, indicando cuánto dinero estás recibiendo realmente por cada peso invertido en el mercado.
Diferencias relevantes
A diferencia del Dividendo Hipotecario (que es una cuota que tú pagas al banco), el Dividendo de Acciones es una ganancia que la empresa te paga a ti por ser socio.
Normativas asociadas
Ley N° 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas): Es la norma fundamental. El Artículo 79 establece la obligación de repartir, anualmente y a prorrata de sus acciones, al menos el 30% de las utilidades líquidas de cada ejercicio (salvo acuerdo unánime en contrario).
Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas (Decreto Supremo N° 702): Regula los plazos de pago (máximo 30 días tras la junta), la forma en que se deben anunciar los dividendos y el derecho de los accionistas que están inscritos en el registro cinco días hábiles antes de la fecha de pago.
Norma de Carácter General N° 30 (CMF): Obliga a las sociedades anónimas abiertas a informar como "Hecho Relevante" el acuerdo de reparto de dividendos, detallando el monto por acción, la fecha de pago y el tipo de dividendo (provisorio o definitivo).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la empresa tiene pérdidas un año?
Si la sociedad presenta pérdidas acumuladas o en el ejercicio actual, no puede repartir dividendos. Las utilidades del ejercicio deben destinarse primero a absorber las pérdidas de años anteriores antes de considerar cualquier distribución a los socios.
¿Cuándo se tiene derecho a cobrar el dividendo?
En Chile, tienen derecho a recibir el dividendo los accionistas que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas cinco días hábiles antes de la fecha fijada para el pago.
¿Se pueden pagar dividendos que no sean en dinero?
Generalmente se pagan en efectivo, pero la junta de accionistas (con quórums específicos) puede acordar que el pago se realice en otros bienes o, muy comúnmente, en acciones liberadas de la propia empresa (capitalización de utilidades).