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Factura de Compra de Terceros (FCT)

Leyes financieras

¿Qué es Factura de Compra de Terceros (FCT)?

La Factura de Compra de Terceros representa una excepción técnica al principio general del IVA, donde el emisor habitual del documento y recaudador del impuesto es quien vende el producto o presta el servicio. El Servicio de Impuestos Internos (SII) implementa la FCT a través del mecanismo denominado "Cambio de Sujeto del IVA". Bajo este modelo, cuando una gran empresa o un agente retenedor autorizado adquiere bienes de proveedores específicos (habitualmente pequeños productores de sectores como el agrícola, forestal, chatarra o construcción), es el propio comprador quien genera el DTE en sus sistemas informáticos, registrando el RUT del vendedor. El software del comprador debe calcular el monto neto, aplicar la retención del IVA (parcial o total según la resolución del SII) y emitir el documento, asumiendo la responsabilidad legal de enterar dicho impuesto en las arcas fiscales mediante el Formulario 29.

Ejemplo:

Una gran distribuidora agrícola adquiere toneladas de trigo a un pequeño agricultor que no cuenta con sistemas digitales, emitiendo una Factura de Compra (DTE 46) para retener el IVA de la operación.

Consejos de aplicación

Si tu sistema informático procesa transacciones bajo la modalidad de Cambio de Sujeto, asegúrate de actualizar las tablas de retención del software según las tasas vigentes dictadas por las resoluciones del SII para cada industria, evitando discrepancias en el Libro de Compras y Ventas.

Diferencias relevantes

La Factura de Compra de Terceros (FCT) es emitida por el comprador para retener el impuesto de un proveedor local bajo las reglas de cambio de sujeto, mientras que la Factura de Compra por Importación (o declaración de ingreso DIN) es el documento aduanero y tributario utilizado para registrar legalmente la adquisición de mercancías provenientes fuera de las fronteras de Chile.

Normativas asociadas

Ley N° 20.727 (Obligatoriedad de la Factura Electrónica) y Código Tributario (Artículo 56°): Es el marco legal que regula la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) en Chile. La Factura de Compra de Terceros (FCT) —identificada por el SII como DTE Tipo 46— es una excepción al flujo tradicional de facturación: en lugar de ser emitida por el vendedor, es emitida electrónicamente por el comprador del bien o servicio. La normativa exige que el emisor (comprador) cuente con la firma electrónica vigente y la autorización previa del SII para operar bajo esta modalidad de "cambio de sujeto". Resoluciones sobre Cambio de Sujeto del IVA (SII): Son las disposiciones administrativas (como la Resolución Exenta N° 1495 y normativas sectoriales específicas) mediante las cuales el Director del SII determina el "Cambio de Sujeto del Impuesto al Valor Agregado". Se aplica obligatoriamente a sectores económicos con altas tasas de informalidad o de difícil fiscalización (por ejemplo, la compra de chatarra, productos agrícolas, ganado o retención de construcción). Bajo esta regla, el adquirente asume la obligación legal de retener total o parcialmente el IVA de la operación, emitiendo la FCT para respaldar dicho débito y crédito fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Qué industrias o productos están sujetos obligatoriamente al uso de la FCT en Chile?

El SII instruye el cambio de sujeto e inicio de FCT en sectores difíciles de fiscalizar o con alta informalidad. Entre ellos destacan la comercialización de ganado vivo, madera y productos forestales, trigo, chatarra, legumbres, oro, y la prestación de servicios de construcción y mano de obra.

¿El vendedor recibe algún comprobante o pago neto al operar con una FCT?

Sí. El comprador que emite la FCT tiene la obligación legal de entregar una copia digital o impresa del documento al vendedor. Al momento del pago, el comprador le transfiere al vendedor únicamente el valor neto de la transacción (o el neto más la porción del IVA no retenida), ya que el impuesto restante será pagado directamente al fisco.

¿Cómo afecta la emisión de una Factura de Compra al Libro de Compras y Ventas automatizado del SII?

Al ser un documento electrónico (DTE 46), la información se transmite en tiempo real a los servidores del SII. La plataforma del fiscalizador la ingresa de forma automática tanto en el Libro de Compras del emisor (comprador) como en el Libro de Ventas del tercero (vendedor), asegurando la consistencia y trazabilidad de los montos cruzados.

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