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Resolución Exenta N° 80 (SII)

Leyes financieras

¿Qué es Resolución Exenta N° 80 (SII)?

Si bien la Ley N° 20.727 decretó la obligatoriedad de la factura electrónica, la Resolución Exenta N° 80 (junto a sus modificaciones complementarias) constituye el manual de ingeniería técnica que define el "cómo". Esta norma regula el proceso para las empresas que deciden no usar el portal gratuito del SII y optan por desarrollar un software propio o contratar un ERP de mercado. La resolución detalla de manera estricta la arquitectura del ecosistema DTE: el uso mandatorio del lenguaje XML, la estructura jerárquica de las etiquetas, la incorporación del Timbre Electrónico DTE (TED), las especificaciones de la firma digital y el riguroso "Proceso de Certificación" (o set de pruebas) que la empresa debe superar con éxito ante el SII antes de quedar habilitada para emitir documentos reales con validez tributaria.

Ejemplo:

Una empresa inicia la etapa de "simulación" ante el SII, enviando un set de pruebas de notas de crédito electrónicas para recibir la resolución de autorización final.

Consejos de aplicación

Al construir o actualizar el motor de facturación de tu sistema, asegúrate de implementar rutinas de validación que verifiquen la consistencia del Timbre Electrónico DTE (TED) de acuerdo con los algoritmos descritos por el SII, evitando el rechazo automático de los archivos al ser cargados en el backend fiscal.

Diferencias relevantes

La Resolución Exenta N° 80 regula las especificaciones técnicas y el proceso de certificación para operar con softwares de mercado o propios, mientras que el uso del Sistema de Facturación Gratuito del SII no requiere pasar por este proceso de postulación técnica, ya que utiliza la infraestructura estandarizada del propio regulador.

Normativas asociadas

Resolución Exenta N° 80 (Servicio de Impuestos Internos - 2022): Es la normativa técnica matriz que regula la obligatoriedad y el procedimiento para que las instituciones financieras proporcionen información al SII sobre los saldos y sumas de abonos en cuentas financieras. Fue dictada para operacionalizar los cambios legales del artículo 85° bis del Código Tributario, detallando las especificaciones técnicas, los formatos de archivos XML, los canales de transmisión segura (SFTP) y el calendario de entrega anual de los datos que superen el umbral de 1.500 UF. Ley N° 21.453 (Modifica el Código Tributario para Obligar a Informar Saldos y Abonos): Es la base legal y jerárquica superior que mandata la emisión de la Resolución N° 80. Esta ley introdujo el artículo 85° bis con el objetivo de combatir la evasión fiscal, el lavado de activos y la informalidad comercial, otorgando al SII la facultad de recibir información agregada de las cuentas bancarias de forma automatizada y masiva, sin necesidad de recurrir previamente a los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA).

Preguntas frecuentes

¿Qué es el "Set de Pruebas" exigido por esta resolución?

Es un procedimiento obligatorio donde el contribuyente, a través de su software, debe generar y enviar al ambiente de pruebas del SII una serie de documentos ficticios (facturas, guías de despacho, notas de débito y crédito) predefinidos por el fiscalizador para demostrar que el sistema procesa, firma y calcula los impuestos de manera matemática y técnicamente correcta.

¿Qué es el Timbre Electrónico DTE (TED) que menciona la norma?

El TED es una representación gráfica bidimensional (código de barras PDF417) que se imprime en la versión física del documento. Contiene información crítica de la factura cifrada con una clave privada del emisor, lo que permite verificar la autenticidad e integridad del documento impreso incluso si no se cuenta con internet en el momento de la fiscalización en ruta.

¿Si cambio de software o de ERP debo volver a certificarme bajo la Resolución N° 80?

Sí. Dado que la autorización de emisión está vinculada tanto al RUT del contribuyente como al software específico que interactúa con el SII, cambiar de plataforma tecnológica exige realizar un nuevo proceso de homologación técnica para garantizar que el nuevo sistema cumple con los estándares de envío y recepción.

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