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Sociedad anónima

Impuestos

¿Qué es Sociedad anónima?

La Sociedad Anónima es una estructura empresarial diseñada para separar la propiedad de la gestión. El capital se divide en acciones y la responsabilidad de los socios se limita al monto invertido, protegiendo su patrimonio personal. En Chile existen dos tipos: las Abiertas, que inscriben sus acciones en el Registro de Valores y son fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y las Cerradas, que no hacen oferta pública de sus títulos. Su administración recae obligatoriamente en un Directorio, el cual debe rendir cuentas anualmente ante la Junta de Accionistas. Tributariamente, las S.A. están afectas al Impuesto de Primera Categoría y deben distribuir al menos el 30% de sus utilidades líquidas como dividendos, a menos que se acuerde lo contrario de forma unánime en las cerradas. Es la figura preferida por empresas con múltiples inversionistas debido a su robusta regulación y claridad en la transferencia de propiedad.

Ejemplo:

Una cadena de supermercados que cotiza en la bolsa de valores es una Sociedad Anónima Abierta, mientras que una empresa familiar de transporte puede ser una Sociedad Anónima Cerrada.

Consejos de aplicación

Si buscas levantar capital de inversionistas externos o planeas que tu empresa crezca hasta salir a bolsa, constituye una S.A. desde el inicio; su estructura de gobierno corporativo entrega mayor seguridad y transparencia a los financistas que otras figuras legales.

Diferencias relevantes

A diferencia de las Sociedades de Responsabilidad Limitada (donde los socios son clave), en la S.A. lo que importa es el aporte de capital; las acciones pueden cambiar de manos sin necesidad de modificar los estatutos sociales.

Normativas asociadas

Ley N° 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas): Es la normativa principal que define su naturaleza, constitución, administración (Directorio), juntas de accionistas, fiscalización y disolución. Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas (Decreto Supremo N° 702): Detalla los procedimientos administrativos para la inscripción, modificaciones de estatutos y la operatividad interna de la sociedad. Ley N° 18.045 (Ley de Mercado de Valores): Aplica específicamente a las Sociedades Anónimas Abiertas, regulando su inscripción en el Registro de Valores y sus deberes de información pública. Código de Comercio: Rige los aspectos generales de los actos de comercio realizados por la sociedad y la formación de contratos mercantiles.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el número mínimo de accionistas para una S.A.?

Para constituirse y subsistir, una Sociedad Anónima requiere un mínimo de dos accionistas. Si la propiedad se concentra en una sola mano por más de diez días, la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, a menos que se transforme en otro tipo social.

¿Qué es el "Directorio" en una S.A.?

Es el órgano de administración encargado de tomar las decisiones estratégicas. Sus miembros son elegidos por la Junta de Accionistas y pueden ser removidos en cualquier momento. El número de directores es fijo y debe estar estipulado en los estatutos.

¿Es obligatorio auditar los balances de una S.A.?

Para las S.A. Abiertas es obligatorio contar con auditores externos independientes. En las S.A. Cerradas, la fiscalización de la administración corresponde a inspectores de cuentas o auditores externos nombrados anualmente por la junta.

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