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Carta de despido en Chile

Despidos

La carta de despido en Chile es el instrumento obligatorio mediante el cual el empleador informa al trabajador la decisión de poner término al contrato de trabajo, indicando de forma clara y precisa la causal legal invocada y los hechos que la fundamentan. Conforme al artículo 162 del Código del Trabajo, esta comunicación debe realizarse por escrito y entregarse personalmente o enviarse por carta certificada al domicilio del trabajador. La carta cumple un rol fundamental, ya que delimita los hechos y causales que el empleador podrá invocar posteriormente en un eventual juicio laboral. Una carta mal redactada, genérica o incompleta puede derivar en que el despido sea declarado injustificado, improcedente o indebido. Además, debe informar el estado de pago de las cotizaciones previsionales, requisito clave para la validez del despido.

Ejemplo:

Una empresa entrega una carta de despido invocando necesidades de la empresa y detallando los fundamentos económicos.

Consejos de aplicación

El empleador debe redactar la carta con precisión jurídica, evitando fórmulas genéricas y asegurando coherencia entre la causal y los hechos descritos.

Diferencias relevantes

La carta de despido es el medio formal; el despido es el acto jurídico. A diferencia del finiquito, la carta no extingue obligaciones económicas. Limita los argumentos del empleador en un juicio laboral.

Normativas asociadas

Código del Trabajo, artículo 162: obligación de comunicar el despido por escrito.

Artículos 159, 160 y 161: causales legales que deben indicarse en la carta.

Artículo 454 N°1: valor probatorio de la carta en juicio laboral.

Fiscalización de la Dirección del Trabajo.

Preguntas frecuentes

  • ¿Es obligatoria la carta de despido en Chile? Sí, es obligatoria para la validez formal del despido.
  • ¿Qué pasa si la carta está mal redactada? El despido puede ser declarado injustificado o improcedente.
  • ¿La carta de despido reemplaza al finiquito? No, son documentos distintos con finalidades diferentes.

Fuentes recomendadas

Biblioteca del Congreso Nacional – Código del Trabajo, art. 162

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=207436

Biblioteca del Congreso Nacional – Causales de despido (arts. 159–161)

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=207436

 

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