El hostigamiento laboral, también denominado acoso laboral, consiste en acciones u omisiones reiteradas realizadas dentro del contexto de trabajo que provocan intimidación, humillación, aislamiento o desmedro psicológico del trabajador. La Ley N.º 20.607 incorporó esta figura al Código del Trabajo, estableciendo que puede provenir tanto del empleador como de compañeros de trabajo, y que no requiere necesariamente una jerarquía superior. Estas conductas pueden manifestarse mediante maltrato verbal, descalificaciones constantes, exclusión injustificada, sobrecarga de trabajo, amenazas o menoscabo profesional. El hostigamiento laboral vulnera la dignidad de la persona y puede generar consecuencias legales para el empleador, incluyendo sanciones administrativas, indemnizaciones y la posibilidad de término del contrato por vulneración grave de derechos fundamentales.
Ejemplo:
Un supervisor ridiculiza reiteradamente a un trabajador frente a sus compañeros y le asigna tareas degradantes sin justificación.
Consejos de aplicación
Establecer protocolos internos de prevención y denuncia, capacitar a jefaturas y actuar oportunamente ante cualquier señal de hostigamiento para evitar responsabilidades legales.Diferencias relevantes
A diferencia de un conflicto laboral aislado, el hostigamiento requiere conductas reiteradas. Se diferencia de la discriminación laboral, ya que el foco está en el maltrato sistemático más que en una causa específica. Puede existir sin necesidad de subordinación jerárquica directa.Normativas asociadas
Código del Trabajo, artículo 2°: reconoce y sanciona conductas que atenten contra la dignidad del trabajador.
Ley N.º 20.607: tipifica y regula el acoso laboral en Chile. Jurisprudencia y dictámenes de la Dirección del Trabajo.
Normas de seguridad y salud en el trabajo (Ley 16.744) cuando afecta la integridad psíquica.
Preguntas frecuentes
- ¿El hostigamiento laboral debe ser reiterado? Sí, la ley exige que las conductas sean persistentes o repetidas en el tiempo.
- ¿Quién puede cometer hostigamiento laboral? El empleador, un superior jerárquico o compañeros de trabajo.
- ¿Cómo puede denunciarse el hostigamiento laboral? Ante la Dirección del Trabajo, tribunales laborales o mediante los canales internos de la empresa.