El pago de finiquito es la remuneración y liquidación final que corresponde al trabajador al momento de terminar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido, término de contrato a plazo fijo o mutuo acuerdo. Incluye salarios pendientes, indemnización por años de servicio si aplica, pago proporcional de vacaciones no usadas, bonos y otros beneficios pactados, según lo establecido en el Código del Trabajo, artículos 163 a 172. El finiquito debe ser firmado por ambas partes y, si es voluntario, puede ser autorizado ante un inspector de la Dirección del Trabajo para dar certeza legal. Este procedimiento asegura que el trabajador recibe todas sus prestaciones y protege al empleador frente a futuras reclamaciones. Es obligatorio entregar un documento escrito que detalle cada concepto pagado y los montos correspondientes.
Ejemplo:
Un empleado renuncia a su puesto tras 5 años de servicio; recibe finiquito con salario pendiente, vacaciones proporcionales e indemnización por años de servicio.
Consejos de aplicación
Redactar un finiquito claro y detallado, incluir todos los conceptos legales adeudados, y en caso de duda, legalizar ante la Dirección del Trabajo para evitar conflictos futuros.Diferencias relevantes
A diferencia del pago mensual, el finiquito es único y se realiza al término del contrato. A diferencia de indemnización simple, el finiquito incluye todos los conceptos pendientes de pago y proporcionales. Puede variar según causal de término de contrato, tipo de contrato y antigüedad del trabajador.Normativas asociadas
Código del Trabajo, Artículos 163 y siguientes: regulan la terminación del contrato y el pago de finiquito. Normas sobre indemnización por años de servicio (Art. 163-172) y pago proporcional de vacaciones.Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se debe pagar el finiquito? Al término de la relación laboral, dentro de los plazos legales establecidos por el Código del Trabajo.
- ¿Qué pasa si el trabajador no está de acuerdo con el finiquito? Puede negarse a firmarlo y presentar una reclamación ante la Dirección del Trabajo.
- ¿Es obligatorio incluir todos los conceptos legales? Sí, incluyendo indemnización por años de servicio, vacaciones proporcionales, sueldos pendientes y otros beneficios pactados.