El preaviso de despido en Chile es la obligación legal del empleador de informar al trabajador, con una anticipación mínima de 30 días, su decisión de poner término al contrato de trabajo cuando se aplica la causal de necesidades de la empresa u otras que la ley establece. Esta comunicación debe realizarse por escrito y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 162 del Código del Trabajo. Si el empleador no otorga el preaviso dentro del plazo legal, debe pagar al trabajador una indemnización sustitutiva del aviso previo, equivalente a una remuneración mensual. El preaviso busca otorgar al trabajador un tiempo razonable para prepararse ante la pérdida del empleo y proteger la estabilidad laboral. Su omisión no invalida el despido, pero sí genera consecuencias económicas para el empleador.
Ejemplo:
Una empresa informa con 30 días de anticipación a un trabajador que su contrato terminará por necesidades de la empresa.
Consejos de aplicación
El empleador debe decidir oportunamente si otorgará el preaviso o pagará la indemnización sustitutiva, dejando respaldo escrito de la comunicación.Diferencias relevantes
El preaviso es una obligación formal; la indemnización sustitutiva es la consecuencia de no cumplirlo. No aplica a todas las causales de despido. No reemplaza otras indemnizaciones legales, como años de servicio.Normativas asociadas
Código del Trabajo, artículo 162: obligación de comunicar el despido.
Artículo 161: preaviso en despido por necesidades de la empresa.
Artículo 163: indemnización sustitutiva del aviso previo.
Fiscalización de la Dirección del Trabajo.
Preguntas frecuentes
- ¿En qué casos es obligatorio el preaviso de despido? Principalmente en despidos por necesidades de la empresa.
- ¿Qué pasa si no se da el preaviso? El empleador debe pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo.
- ¿El preaviso invalida o valida el despido? No, solo afecta las obligaciones económicas del empleador.
Fuentes recomendadas
Biblioteca del Congreso Nacional – Código del Trabajo, art. 162
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=207436
Biblioteca del Congreso Nacional – Indemnización sustitutiva del aviso previo (art. 163)
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=207436