Formulario 42 Tesorería: pago de multas de la Dirección del Trabajo
Te explicamos cómo pagar una multa de la DT en Tesorería y qué alternativas tiene tu empresa para reclamarla, rebajarla o sustituirla antes de pagar.
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| Publicación 03/11/2026 | Última actualización 03/11/2026
Formulario 42 Tesorería
El Formulario 42 de la Tesorería General de la República (TGR) es el formulario con el que se pagan las multas que cursa la Dirección del Trabajo (DT) por infracciones al Código del Trabajo y otras leyes laborales y previsionales. El pago se hace en el sitio web de la TGR, con Clave Tributaria del SII o ClaveÚnica, o de forma presencial en una oficina de Tesorería.
Para un equipo de finanzas, una multa de la DT no es solo un pago más. Tiene plazos para reclamar, alternativas para rebajarla y consecuencias de cobranza si no se paga. En esta guía revisamos qué es el Formulario 42, cómo pagarlo paso a paso y qué evaluar antes de hacerlo.
¿Qué es el Formulario 42 de la TGR?
El Formulario 42 es el código que la TGR asigna a las deudas originadas en multas de la Dirección del Trabajo. Cuando la DT aplica una sanción y la traspasa a Tesorería para su cobro, la deuda queda registrada bajo este formulario a nombre del RUT del empleador sancionado.
En la práctica:
- Quién lo paga: personas naturales o jurídicas sancionadas por la DT.
- Dónde se paga: sitio web de la TGR o sus oficinas, durante todo el año.
- Qué se paga: solo el valor de la multa, expresada en UTM, ingresos mínimos (IMM) o UF y convertida a pesos. El trámite no tiene costo adicional.
¿Cuánto puede costar una multa de la Dirección del Trabajo?
Cuando una infracción no tiene una sanción especial, el artículo 506 del Código del Trabajo fija rangos según el tamaño de la empresa:
|
Tamaño de empresa |
Rango de la multa |
|---|---|
|
Micro empresa |
1 a 5 UTM |
|
Pequeña empresa |
1 a 10 UTM |
|
Mediana empresa |
2 a 40 UTM |
|
Gran empresa |
3 a 60 UTM |
El monto final depende de la gravedad de la infracción. Algunas materias tienen multas propias y más altas, como las prácticas antisindicales o desleales. Además, una misma fiscalización puede terminar con varias multas, una por cada infracción constatada.
Cómo pagar el Formulario 42 paso a paso
Pago en línea:
- Ingresa al sitio web de la TGR (tgr.cl).
- Inicia sesión con tu Clave Tributaria del SII o tu ClaveÚnica. Si pagas a nombre de una empresa, usa la clave tributaria de la empresa.
- Busca la opción de pago de deudas fiscales o multas.
- Revisa el listado de deudas asociadas al RUT y selecciona el Formulario 42, con el o los folios que quieras pagar.
- Haz clic en "Pagar" y elige la institución bancaria o medio de pago.
- Completa el pago y descarga el comprobante.
Pago presencial:
- Acude a una oficina de la TGR.
- Indica que vas a pagar una multa de la Dirección del Trabajo y entrega los antecedentes que te soliciten (RUT del sancionado y número de la resolución de multa).
- Recibirás un comprobante de pago.
Si tienes dudas sobre el pago, la mesa de ayuda de la TGR atiende en el 600 4000 444.
Antes de pagar: revisa si puedes reclamar, rebajar o sustituir la multa
Pagar de inmediato no siempre es la mejor decisión financiera. La ley contempla tres caminos que conviene evaluar con el área legal o de personas antes de emitir el pago.
1. Reclamo judicial (artículo 503)
- Se presenta ante el Juzgado de Letras del Trabajo.
- El plazo es de 15 días hábiles desde la notificación de la multa.
- Si no se presenta a tiempo, se pierde esta vía.
2. Reconsideración administrativa (artículos 511 y 512)
- Se solicita al Director del Trabajo, por escrito, a través del portal Mi DT o en una Inspección del Trabajo.
- El plazo es de 30 días hábiles administrativos (lunes a viernes, sin festivos) desde la notificación.
- La multa puede dejarse sin efecto si hubo un error de hecho.
- También puede rebajarse si la empresa acredita que corrigió la infracción. Si la corrección se hace dentro de los 15 días siguientes a la notificación, la rebaja es de al menos 50%, y de al menos 80% para micro y pequeñas empresas.
- No procede si ya se presentó un reclamo judicial por la misma multa.
3. Sustitución por capacitación (artículo 506 ter)
- Disponible para micro y pequeñas empresas con 49 trabajadores o menos al momento de la infracción.
- Permite reemplazar la multa por la asistencia obligatoria a un programa de capacitación de la DT.
- Se debe acreditar la corrección total de las infracciones.
- El plazo es de 30 días hábiles administrativos desde la notificación, y solo puede usarse una vez cada 12 meses.
¿Desde cuándo corren los plazos?
Los plazos se cuentan desde que la multa se entiende notificada, y eso depende del medio:
- Correo electrónico: el tercer día hábil siguiente al envío.
- Personalmente: el día de la entrega.
- Carta certificada: el sexto día hábil administrativo desde la recepción en Correos de Chile.
- Aviso en el Diario Oficial: el día de la publicación.
La forma de contar los 15 días del reclamo judicial ha tenido fallos con criterios distintos en la Corte Suprema, en particular sobre si los sábados se cuentan o no. Por eso, lo más prudente es no dejar el reclamo para el último día.
¿Qué pasa si no pagas el Formulario 42?
Si la multa no se paga, la TGR puede iniciar un proceso de cobranza administrativa y judicial, igual que con cualquier otra deuda fiscal. Esto puede derivar en recargos y en acciones de cobro sobre los bienes de la empresa.
Para el área de finanzas, esto significa que una multa impaga deja de ser un tema laboral y pasa a ser una deuda con el Estado que afecta la caja y la situación tributaria de la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Formulario 42 de Tesorería?
Es el formulario de la TGR con el que se pagan las multas aplicadas por la Dirección del Trabajo por infracciones a la normativa laboral y previsional.
¿Dónde se paga una multa de la Dirección del Trabajo?
En el sitio web de la Tesorería General de la República, con Clave Tributaria o ClaveÚnica, o en una oficina de la TGR.
¿Se puede rebajar una multa de la DT?
Sí. Mediante reconsideración administrativa, si la empresa corrige la infracción dentro de 15 días desde la notificación, la multa se rebaja al menos en 50%, o en 80% para micro y pequeñas empresas.
¿Cuánto plazo hay para reclamar una multa de la DT?
15 días hábiles para el reclamo judicial y 30 días hábiles administrativos para la reconsideración o la sustitución por capacitación, contados desde la notificación.
¿Qué pasa si no pago una multa de la Dirección del Trabajo?
La TGR puede iniciar cobranza administrativa y judicial de la deuda.
Periodista especialista en finanzas para empresas, creador de contenido digital, análisis de datos y manejo de rede...

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