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Buk Finanzas / Estrategia

SII prepara 13 circulares y 17 resoluciones por Megarreforma: información para empresas

El SII prepara 30 documentos normativos para aplicar las 14 medidas tributarias de la Ley de Reconstrucción. Las primeras instrucciones se esperan a fines de octubre y partirían por el impuesto sustitutivo sobre utilidades acumuladas.

Circulares del SII por la megarreforma: calendario y cambios para empresas

| 6 Minutos de lectura

| Publicación 15/10/2026 | Última actualización 15/10/2026


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El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitirá 13 circulares y 17 resoluciones para implementar la megarreforma tributaria, oficialmente llamada Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social. Estos documentos definirán cómo se aplicarán en la práctica sus 14 medidas tributarias.

 

La ley fue promulgada el 9 de octubre de 2026 y, el decreto promulgatorio pasó a toma de razón de la Contraloría. Su publicación en el Diario Oficial se esperaba para esta semana y es clave: desde ahí corren los plazos de la mayoría de las medidas. Por regla general, la ley rige desde el primer día del mes siguiente a su publicación.

 

El director del SII, Jorge Trujillo, anticipó que las primeras instrucciones se emitirían a fines de octubre. Para los equipos de finanzas, esa normativa será la referencia concreta para ajustar provisiones, procesos contables y planificación tributaria. A continuación, revisamos qué se sabe hasta ahora.


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¿Qué anunció el SII sobre la megarreforma?

El SII confirmó que dictará 13 circulares y 17 resoluciones para instruir y ejecutar las 14 medidas tributarias de la nueva ley. El anuncio se dio el 1 de octubre, en una reunión del director del SII, Jorge Trujillo, con abogados, contadores y académicos.

 

En esa instancia participaron los subdirectores de Fiscalización, Carolina Saravia, y de Normativa, Simón Ramírez. El objetivo fue recoger dudas de los asesores tributarios antes de cerrar los textos.

Algunos datos para dimensionar el proceso:

 

  • Volumen menor que la ley antievasión: para la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias se emitieron 25 circulares y 27 resoluciones.
  • Áreas a cargo: lideran las subdirecciones de Normativa, Jurídica y Fiscalización, con apoyo de Avaluaciones, Asistencia al Contribuyente y Tecnologías de la Información.
  • Consulta previa: tras la publicación de la ley, los borradores pasarían por consulta pública y por el Consejo Tributario, que tendría 10 días para analizarlos.
  • Criterio de prioridad: el SII ordenará la emisión según la fecha de entrada en vigencia de cada norma y si tiene efecto inmediato.

¿Cuál es la diferencia entre una circular y una resolución del SII?

Una circular explica cómo el SII interpretará y aplicará la ley. Una resolución es un acto administrativo obligatorio que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas.

Documento

Qué hace

Para quién es obligatorio

Circular

Entrega instrucciones e interpretaciones administrativas sobre el criterio que aplicará el SII

Orienta a contribuyentes y funcionarios del SII

Resolución

Toma decisiones formales con efecto jurídico

La administración y los destinatarios

En la práctica, las circulares responden "cómo se interpreta" y las resoluciones "cómo y cuándo se cumple". Ambas serán la guía operativa para contadores y equipos de finanzas.

¿Qué normas implementará primero el SII?

Las primeras instrucciones apuntarán a las medidas transitorias, porque tienen ventanas de aplicación acotadas. La mayoría de sus plazos se cuentan desde la publicación de la ley, por lo que las fechas exactas dependerán del día en que aparezca en el Diario Oficial.

 

Medida

Desde cuándo rige

Duración

Si la ley se publica en octubre de 2026

Relevancia para empresas

Impuesto Sustitutivo de los Impuestos Finales (IUSIF): 10% sobre saldos STUT y FUR, sin derecho a crédito

Desde la publicación

8 meses

Disponible hasta junio de 2027

Alta: empresas con utilidades acumuladas pendientes de tributar

Exención de IVA en la primera venta de viviendas nuevas

Primer día del mes subsiguiente a la publicación

1 año

1 de diciembre de 2026

Media: inmobiliarias y constructoras

Régimen transitorio DFL-2 para viviendas nuevas

Primer día del mes subsiguiente a la publicación

1 año

1 de diciembre de 2026

Media: inmobiliarias e inversionistas en vivienda

Rebaja de 50% del impuesto a las donaciones

Primer día del mes subsiguiente a la publicación

1 año

1 de diciembre de 2026

Baja: sobre todo planificación patrimonial

Repatriación de capitales (10%, o 7% si los recursos se ingresan e invierten en Chile)

Primer día del tercer mes siguiente a la publicación

12 meses

Enero de 2027

Media: socios y grupos con activos en el exterior

En el Diario Financiero, el subdirector de Normativa del SII, Simón Ramírez, adelantó el orden en que se publicarán las primeras instrucciones:

 

  1. Impuesto sustitutivo sobre utilidades acumuladas (IUSIF).
  2. Régimen transitorio DFL-2.
  3. Exención de IVA a la vivienda nueva.
  4. Repatriación de capitales.
  5. Rebaja del impuesto a las donaciones.

Las instrucciones sobre invariabilidad tributaria serían las últimas, por su mayor complejidad y por los cambios que introdujo el Tribunal Constitucional.

¿Qué cambios permanentes afectan a las empresas?

El cambio de mayor alcance es la baja gradual del Impuesto de Primera Categoría (IDPC), de 27% a 23% hacia 2029, junto con la reintegración del sistema tributario. Esto último significa que los dueños volverán a usar como crédito el 100% del IDPC pagado por la empresa, eliminando gradualmente la restitución de 35% vigente desde 2017.

Año comercial

Tasa IDPC

Restitución del crédito por IDPC

2026

27%

35%

2027

25,5%

30%

2028

24%

20%

2029

23%

Integración total

Otras medidas permanentes con impacto empresarial:

 

  • Crédito por servicios de la economía del conocimiento: descuento contra el IDPC de 15% por trabajadores de la Región Metropolitana y 20% en otras regiones. Regiría desde el mes siguiente a la publicación (noviembre de 2026, si se publica en octubre). Relevante para empresas que exportan servicios.
  • Estatuto de invariabilidad tributaria: para inversionistas extranjeros y locales, desde el 1 de enero de 2027.
  • Eliminación del impuesto único de 10% del artículo 107 de la Ley de la Renta: desde el 1 de enero de 2027. Afecta la venta de acciones con presencia bursátil.
  • Nuevo DFL-2: impuesto único opcional de 5% para viviendas de hasta 90 m², desde el 1 de enero de 2027.
  • Contribuciones: exención de 100% del impuesto territorial para personas de 65 años o más, desde el 1 de enero de 2027.

Para las empresas, la rebaja del IDPC impactará cálculos como los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) en el F29, los impuestos diferidos y la declaración anual en el F22. Las circulares deberían precisar cómo se aplica la transición año a año.

¿Cómo fiscalizará el SII la implementación?

El SII aún no ha detallado un plan de fiscalización específico para la megarreforma. Lo que sí se conoce son las piezas que darán forma al control:

 

  • Fiscalización desde el diseño: la Subdirección de Fiscalización es una de las tres áreas con mayor protagonismo en la elaboración de circulares y resoluciones. Su subdirectora, Carolina Saravia, participó en la reunión con asesores del 1 de octubre (SII).
  • Resoluciones como base de control: las resoluciones suelen fijar formularios, declaraciones juradas y plazos. Esa información es la que luego el SII cruza para verificar el cumplimiento.
  • Diálogo previo con asesores: el SII realizó una segunda reunión con asesores el 13 de octubre. Según su director, las instrucciones pasarán por el Consejo Tributario y por consulta pública, y se esperan a fines de octubre.

El detalle sobre cómo se acreditarán beneficios como el IUSIF o la repatriación de capitales debería quedar en las circulares y resoluciones. Actualizaremos esta nota cuando se publiquen.

¿Qué pueden hacer hoy los equipos de finanzas?

Mientras se publican las circulares, hay pasos de preparación que no dependen del texto final:

 

  1. Seguir la publicación en el Diario Oficial: marca el inicio de los plazos del IUSIF y de la repatriación de capitales.
  2. Revisar los registros de utilidades acumuladas: serán el insumo para evaluar si conviene acogerse al IUSIF dentro de su ventana de ocho meses.
  3. Simular el efecto de la nueva tasa de IDPC: proyectar PPM, impuestos diferidos y flujo de caja con 25,5% para 2027.
  4. Coordinarse con asesores tributarios: las consultas públicas del SII son una oportunidad para plantear dudas antes de que las instrucciones queden firmes.
  5. Ordenar la información contable y documental: una base de datos limpia facilita responder declaraciones juradas y requerimientos del SII.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas circulares y resoluciones emitirá el SII por la megarreforma?

El SII emitirá 13 circulares y 17 resoluciones para implementar las 14 medidas tributarias de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social.

¿La megarreforma ya es ley?

Fue promulgada el 9 de octubre de 2026. Para entrar en vigencia como ley de la República falta su publicación en el Diario Oficial.

¿Cuándo baja el Impuesto de Primera Categoría?

La tasa bajaría de 27% a 25,5% en 2027, a 24% en 2028 y a 23% en 2029.

¿Qué medida se implementará primero?

El Impuesto Sustitutivo de los Impuestos Finales (IUSIF), que rige desde la publicación de la ley por ocho meses.

Periodista especialista en finanzas para empresas, creador de contenido digital, análisis de datos y manejo de rede...

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