Columna del Experto

Proyecto de “40 horas” será Ley

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| 11 abril, 2023


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Este martes 11 de abril, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó por gran mayoría el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral, conocida como  “40 horas”. Esta iniciativa ahora quedó en condiciones de ser promulgada como Ley de la República por el presidente Gabriel Boric. 

 

Este proyecto inició en el 2018, impulsado por las entonces diputadas del Partido Comunista Karol Cariola y Camila Vallejo, actual ministra de la Secretaría General de Gobierno Camila Vallejo.


Entre las indicaciones del Ejecutivo, y que constituyen algunos de los aspectos principales del proyecto, se encuentran la jornada promedio, la gradualidad y la jornada laboral 4x3. Asimismo, el proyecto considera además gradualidad. Así, la jornada de 40 horas se completará en mayo de 2028. En mayo del próximo año se llegaría a 44 horas, en mayo de 2026 bajaría a 42 y en mayo de 2028 a 40 horas.


En Buk te contamos algunas de las consideraciones que tendrás  que tener en cuenta si trabajas en Gestión de Personas, en caso de  promulgarse la ley de reducción de jornada laboral:

 

  • Las jornadas laborales no podrán extenderse por más de 45 horas ordinarias en cada semana, ni extenderse con este límite por más de dos semanas continuas en el ciclo.

 

  • Se deberá fijar de común acuerdo un calendario con la distribución diaria y semanal de las horas de trabajo en el ciclo. Las partes podrán acordar diferentes alternativas de distribución de la jornada en un ciclo, debiendo el empleador comunicar al colaborador la alternativa que se aplicará en el ciclo siguiente, con al menos una semana de antelación al inicio de este. 

En caso de que el colaborador al que se aplique el sistema se encuentre sindicalizado, se requerirá del acuerdo previo de la organización sindical a la que se encuentre afiliado.

 

  • Si al término de la relación laboral, el colaborador trabajó por más horas que el promedio legal, deberán pagarse todas aquellas horas extras para completar el promedio de las 40 horas semanales.

 

  • En caso de llevarse a cabo una negociación colectiva o pactos directos con los sindicatos, se podrá acordar que el tope semanal se amplíe a 42 horas en cada semana.

 

  • Las jornadas laborales no pueden ser distribuidas en menos de 4 días ni en más de 6 días.

Es importante mencionar que quedan excluidos de la limitación de jornadas laborales aquellos colaboradores que se desempeñan en cargos que no requieren fiscalización superior, como por ejemplo: gerentes, administradores y apoderados con facultad de administración.

 

Además, la implementación de la ley será de manera gradual por un plazo de 5 años a contar del primer año que se publique como ley. 

 

Beneficio para padres que trabajan:

 

Las madres,  padres o cuidadores que trabajan y demuestren por medio de documentación que tienen a su cargo niños de hasta 12 años de edad, podrán ejercer el derecho de tener una banda de dos horas en total, dentro de las que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores.

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