Pago de remuneraciones

Sueldo Mínimo: ¿Cuánto sube y cuál es el monto reajustado?

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Sueldo Mínimo: ¿Cuánto sube y cuál es el monto reajustado?

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| Publicación mayo 24, 2022| Última actualización enero 3, 2023


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¡Nueva ley de sueldo mínimo! El presidente de la República, Gabriel Boric, promulgó la ley que reajusta de manera progresiva el monto mínimo de remuneración que debe recibir un trabajador.  Este subió a $380.000 a contar de mayo, y $400.000 en agosto. ¿Quieres saber todos los detalles de este reajuste? En Buk te lo contamos. 

 

El nuevo proyecto de ley fue despachado el 18 de mayo desde el Congreso Nacional y considera cuatro puntos fundamentales. Desde el 1 de enero de 2022, los trabajadores entre 18 y 65 años recibían un Sueldo Mínimo Mensual de $350.000. En este nuevo proyecto se estableció que el monto aumentaría progresivamente y de acuerdo al porcentaje de inflación del año. 

 

¿Cuánto es el monto?

La cifra a partir de mayo de 2022, es de $380.000 para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años, lo que significa un aumento de 20 mil pesos en comparación a la ley que estaba vigente hasta abril. 


Asimismo, subirá nuevamente en agosto de este año a $400.000


Hay que considerar que si el monto de la inflación del año supera el 7%, a contar de enero de 2023, el Ingreso Mínimo Mensual subirá a $410.000


Nuevas cifras de la asignación familiar y maternal

Esta nueva iniciativa contempla las nuevas cifras de la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, los cuales a partir del 1 de mayo tienen los siguientes valores:

 

$15.597 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $398.443. 

$9.571 por carga, si el ingreso mensual supera los $398.443 y no excede de $581.968. 

$3.025 por carga, para ingresos sobre los $581.968 y que no exceda de $907.672. 

Si los ingresos mensuales son superiores a $907.672, no se tendrá derechos a las asignaciones. 

 

Además, este proyecto contempla un nuevo monto del subsidio familiar de $15.597 a partir de la misma fecha. 

 

¡Ojo! Ambos beneficios también verán aumentados sus valores a partir de agosto.  

 

Subsidio a las Mipymes

Se entregará un subsidio de $22 mil, entre mayo y julio de 2022, por cada trabajador/a dependiente contratado/a que perciba el Ingreso Mínimo Mensual. El cual a partir de agosto, se verá elevado en $26.000.

 

Si el Ingreso Mínimo Mensual sube a sube a $410 mil en enero 2023, el subsidio subirá a $32 mil.

 

 

Canasta Básica de Alimentos Protegida

Se compensará el aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos para dos grupos de personas. Por un lado, causantes de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar. Por otro, beneficiarios del Subsistema de Seguridades y Oportunidades, tanto a los originarios en ese sistema como a aquellos que provenían del programa Chile Solidario. 

 

La modificación tuvo un doble objetivo. Primero, extender la vigencia del complemento. Así, este ya no se extinguirá el 31 de diciembre de 2022, sino que el 30 de abril de 2023. Lo segundo, ampliar la cobertura.

 

Aporte compensatorio y PGU

El otro punto clave que se abordó en el Senado, fue referido a la cobertura a del actual aporte familiar permanente, más conocido como “bono marzo”.

 

También se innovó incorporando una enmienda al ingreso mínimo garantizado (IMG) en dos dimensiones. En primer lugar, se mantiene hasta diciembre de 2021 la posibilidad de que la postulación sea a través de los trabajadores en la plataforma del Ministerio de Desarrollo Social. Adicionalmente, elimina la proporcionalidad del beneficio para quienes tengan jornadas inferiores a 45 horas.

 

Hoy día, se paga proporcionalmente el beneficio del Ingreso Mínimo Garantizado en función de las jornadas que tuviera el trabajador. Estas oscilaran entre 30 y 45 horas semanales. Con la nueva norma, se estaría pagando el subsidio completo y no en función de la proporcionalidad de esa menor jornada.

 

Finalmente, el texto mantiene en los mismos términos lo referente al adelanto del reajuste de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Ello beneficiará a 1.905.151 adultos mayores y a más de 17.990 personas con subsidio de discapacidad mental.

 

¡Esperamos esta nota sea de gran ayuda para ti! No dudes que cualquier novedad que exista respecto a temas laborales, te lo contaremos en Buk. 

 

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