Sala Cuna Universal: lo que deben saber los empleadores en 2026
La comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de Sala Cuna. Revisa en qué etapa está, qué se está negociando y qué podría cambiar para las empresas.
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| Publicación 15/06/2026 | Última actualización 21/10/2026
Sala Cuna Universal
El 20 de octubre, la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la idea de legislar el proyecto de sala cuna. Con esto, la iniciativa avanza en su segundo trámite constitucional.
El respaldo llegó después de que en el Senado se rechazara el mecanismo de financiamiento original: una cotización de 0,35% de cargo del empleador, compensada con una rebaja equivalente en su aporte al Seguro de Cesantía.
Gobierno y oposición negocian ahora una nueva fórmula. Las indicaciones del Ejecutivo se conocerían a fines de esta semana.
¿En qué etapa está el proyecto de Sala Cuna Universal?
El proyecto completó su primer trámite en el Senado y hoy está en la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.
Los pasos que le quedan:
- Votación en particular en la comisión de Trabajo, con las nuevas indicaciones del Ejecutivo.
- Revisión en la comisión de Hacienda de la Cámara, por su impacto en el gasto fiscal.
- Votación en la Sala de la Cámara.
- Comisión Mixta, en caso de diferencias entre el texto de la Cámara y el del Senado.
- Publicación en el Diario Oficial, que marcaría el inicio del primer año de vigencia.
Mientras no se publique la ley, sigue vigente el artículo 203 del Código del Trabajo: las empresas con 20 o más trabajadoras mantienen su obligación actual de sala cuna.
¿Cómo se financiaría la Sala Cuna Universal?
El financiamiento es el principal punto abierto del proyecto.
La fórmula que se cayó en el Senado
El diseño original del Ejecutivo consideraba:
- Una cotización de 0,35% de la remuneración imponible, de cargo del empleador, destinada a un Fondo de Sala Cuna.
- Una rebaja equivalente en la cotización del empleador al Seguro de Cesantía, repartida entre la cuenta individual y el Fondo de Cesantía Solidario.
- Con ese esquema, el costo neto para el empleador habría sido cero.
Ese mecanismo no prosperó en el Senado, por lo que hoy no es posible afirmar que el costo neto para las empresas vaya a ser cero.
Lo que se está negociando ahora
Según lo informado por el ministro del Trabajo, Tomás Rau, el Gobierno trabaja en:
- Una nueva distribución de la cotización y de la compensación en el Seguro de Cesantía, tanto en el fondo solidario como en la cuenta individual. Para esto se solicitó un nuevo informe actuarial a la Superintendencia de Pensiones.
- Un financiamiento menor o redistribuido vía seguro de desempleo, una de las fórmulas en discusión con la oposición.
- Apoyo a jardines infantiles con financiamiento VTF, con cargo al fondo de sala cuna.
Componentes que se mantendrían
En el diseño presentado por el Ejecutivo también figuran:
- Un aporte fiscal inicial de 11.631 UTM para la puesta en marcha del fondo.
- Una garantía estatal para cubrir eventuales déficits.
¿Qué cambia para los empleadores?
Si el proyecto se aprueba en los términos discutidos hasta ahora:
- Se elimina la obligación directa de proveer sala cuna. El beneficio pasa a financiarse a través de un fondo administrado por el Estado, en lugar de depender de cada empresa.
- Termina el umbral de 20 trabajadoras. El derecho deja de depender del número de mujeres contratadas, una regla que se asociaba a un desincentivo para su contratación.
- El copago no recaería en la empresa. Las indicaciones de agosto establecen que la diferencia entre el aporte del fondo y el valor cobrado por la sala cuna sería de cargo del trabajador, salvo acuerdo expreso con el empleador.
- Protección para familias vulnerables. El Gobierno trabaja en una fórmula para que las familias del Registro Social de Hogares no tengan que pagar la totalidad de un eventual copago.
Implementación gradual en cuatro años
Según el texto aprobado por el Senado, la cobertura se ampliaría por etapas a partir de la publicación de la ley:
- Año 1: hijos de madres trabajadoras regidas por el Código del Trabajo que hoy no tienen acceso al beneficio.
- Año 2: hijos de trabajadoras independientes y de trabajadoras de casa particular.
- Año 3: hijos de padres trabajadores regidos por el Código del Trabajo, siempre que la madre no sea trabajadora dependiente ni independiente.
- Año 4: hijos de padres trabajadores cuyas madres no estudien ni trabajen.
Esta gradualidad podría cambiar en la Cámara. Una de las opciones en análisis es adelantar la cobertura para los hijos de trabajadoras de casa particular.
Cómo funcionaría el sistema: claves operativas
Más allá del financiamiento, el diseño del Ejecutivo contempla:
- Administración del IPS. El Instituto de Previsión Social recaudaría las cotizaciones y pagaría los aportes directamente a las salas cuna.
- Solo establecimientos autorizados. El fondo financiaría salas cuna con reconocimiento oficial o autorización del Estado, incluidas las anexas a un lugar de trabajo inscritas en el registro.
- Aportes diferenciados por región. El monto del beneficio podría variar según la región y, en casos fundados, por provincia.
- Registro público de cupos. La Subsecretaría de Educación Parvularia administraría un sistema en línea con la disponibilidad de cupos.
- Fiscalización y revisión periódica. La Superintendencia de Pensiones supervisaría el fondo, con evaluaciones de sustentabilidad y estudios actuariales periódicos.
- Sanciones por uso indebido. Quien acceda al beneficio con antecedentes falsos debería restituir los montos y enfrentaría sanciones.
Qué puede revisar hoy el área de finanzas
Mientras el proyecto no sea ley, estos puntos ayudan a anticipar su efecto en la planilla:
- Modelar escenarios de costo laboral. Con la fórmula original descartada, conviene proyectar al menos dos casos: compensación total (costo neto cero) y compensación parcial.
- Mantener el gasto actual en sala cuna. Las empresas con 20 o más trabajadoras siguen obligadas por el artículo 203 hasta que la nueva ley entre en vigencia.
- Revisar convenios vigentes con salas cuna, considerando que el futuro fondo pagaría solo a establecimientos autorizados.
- Seguir las indicaciones de esta semana, que definirán la nueva distribución de la cotización.
¿Qué sigue?
En las próximas semanas, la comisión de Trabajo de la Cámara retomará la discusión en particular con las indicaciones del Ejecutivo.
El oficialismo ha valorado los consensos alcanzados. La oposición votó a favor de la idea de legislar, pero advirtió que aún hay puntos específicos por resolver.
El texto final dependerá de cómo se resuelvan el financiamiento, el copago y la gradualidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Sala Cuna Universal?
Es un proyecto de ley que busca extender el derecho a sala cuna a todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente del tamaño de la empresa donde trabajen.
¿Cuándo entraría en vigor la nueva ley de Sala Cuna Universal?
La implementación sería gradual en cuatro años, comenzando por las trabajadoras del Código del Trabajo y padres con tutela.
¿Quién financia el beneficio?
El modelo contempla una cotización del 0,3% destinada a un Fondo de Sala Cuna, compensada con una reducción en la cotización del seguro de cesantía, más un aporte fiscal inicial.
¿Los empleadores deberán proveer directamente la sala cuna?
No. Una de las modificaciones clave elimina esa obligación, liberando a las empresas —especialmente las pymes— de esa responsabilidad directa.
¿La Sala Cuna Universal ya es ley?
No. El proyecto sigue en tramitación y aún debe votarse en particular en la Cámara. Mientras tanto, rige el artículo 203 del Código del Trabajo.
Periodista especialista en finanzas para empresas, creador de contenido digital, análisis de datos y manejo de rede...

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