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Comprobante No Válido

Rendiciones de gastos

¿Qué es Comprobante No Válido?

Un comprobante puede ser perfectamente legible y, aun así, no ser válido como respaldo tributario de un gasto. Esto ocurre principalmente por tres razones: primero, cuando el documento no corresponde a un tipo de documento tributario reconocido por el SII, como una boleta electrónica, factura electrónica o boleta de honorarios, y en su lugar se presenta solo un comprobante de transferencia bancaria o un voucher de pago con tarjeta, que por sí solos no acreditan la naturaleza del gasto. Segundo, cuando al documento le falta información obligatoria, como el RUT del emisor, la descripción del bien o servicio, el monto o la fecha de la operación. Y tercero, cuando el documento es válido en su forma, pero no corresponde al giro de la empresa o no guarda relación evidente con el gasto declarado en la rendición, lo que puede generar observaciones del SII incluso si el comprobante en sí está correctamente emitido. En cualquiera de estos casos, el gasto queda sin respaldo suficiente para ser aceptado como deducible.

Ejemplo:

Un colaborador adjunta solo el comprobante de transferencia de un pago, sin la factura o boleta electrónica correspondiente, y el aprobador rechaza el gasto por no contar con un documento tributario válido.

Consejos de aplicación

Al capacitar al equipo sobre rendición de gastos, conviene explicar con ejemplos concretos qué tipos de documentos se aceptan como comprobante válido (factura, boleta, boleta de honorarios) y cuáles no bastan por sí solos (comprobantes de transferencia o vouchers de pago), evitando que el colaborador descubra el problema recién al momento del rechazo.

Diferencias relevantes

Comprobante no válido (el documento no cumple los requisitos tributarios exigidos por el SII, independientemente de su legibilidad) vs. Comprobante ilegible (el documento podría ser válido en su contenido, pero su imagen o impresión no permite leerlo con claridad).

Normativas asociadas

Art. 31 de la LIR; Circular SII N°53 de 2021 sobre gastos sujetos a rendición y su acreditación documental.

Preguntas frecuentes

¿Un comprobante de transferencia bancaria es suficiente para respaldar un gasto?

No. Por sí solo no constituye documentación tributaria suficiente, ya que no detalla la naturaleza del bien o servicio adquirido, requisito indispensable para acreditar el gasto ante el SII.

¿Qué información obligatoria debe contener un comprobante para ser válido?

Debe incluir, como mínimo, el RUT del emisor, la descripción del servicio o producto, el monto y la fecha de la operación.

¿Un comprobante puede ser válido en su forma, pero igual generar observaciones del SII?

Sí, si el gasto no guarda relación evidente con el giro de la empresa o con la actividad que dio origen a la rendición, el SII puede objetarlo aunque el documento esté correctamente emitido.

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