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Refacturación de Gastos a Terceros

Rendiciones de gastos

¿Qué es Refacturación de Gastos a Terceros?

Cuando una empresa incurre en gastos por cuenta de un cliente o de otra empresa relacionada —por ejemplo, pasajes, alojamiento o materiales— y luego traspasa ese costo al tercero, el tratamiento tributario depende de si existe o no un contrato de mandato. El SII ha señalado que estas sumas se aceptan como reembolso de gastos, no afecto a IVA, siempre que exista un mandato del que encarga el servicio, que las remuneraciones pagadas no correspondan a personal dependiente de la empresa mandataria, que las sumas se registren en cuentas especiales con indicación del beneficiario, que el gasto se individualice con documentación fidedigna y que la factura de la mandataria deje constancia de la liquidación de gastos. Cuando se cumplen estos requisitos, la recuperación de gastos no constituye una prestación de servicio y no correspondería emitir factura por ese concepto. Si no se cumplen todas estas condiciones de forma copulativa, la refacturación pasa a tratarse como un cobro normal, afecto a IVA.

Ejemplo:

Una consultora paga el hotel de un proyecto en regiones y luego refactura ese gasto a su cliente, adjuntando la boleta original como respaldo del reembolso.

Consejos de aplicación

Antes de refacturar un gasto a un tercero sin aplicar IVA, conviene verificar que exista un mandato formal, que el gasto esté individualizado con su comprobante original y que se registre en una cuenta contable especial a nombre del beneficiario, ya que el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede gatillar la aplicación de IVA sobre el monto reembolsado.

Diferencias relevantes

Refacturación como reembolso de gastos (no afecta a IVA, requiere mandato y cumplimiento de los requisitos copulativos del SII) vs. Refacturación como cobro de servicio (afecta a IVA, cuando no existe mandato o no se individualiza correctamente el gasto).

Normativas asociadas

Criterios del SII sobre mandato y reembolso de gastos (jurisprudencia administrativa reiterada); art. 8 del D.L. 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios) respecto del hecho gravado "servicio".

Preguntas frecuentes

¿Toda refacturación de gastos a un cliente paga IVA?

No necesariamente. Los gastos incurridos por un mandatario por cuenta y riesgo del mandante mantienen el carácter de hecho no gravado con IVA, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por el SII.

¿Qué documento respalda un reembolso de gastos a terceros?

El gasto debe individualizarse y comprobarse con documentación fidedigna, evitando anotaciones globales o estimativas, y la factura del mandatario debe dejar constancia clara de la liquidación de gastos.

¿Qué pasa si el gasto refacturado incluye remuneraciones del personal de la empresa mandataria?

En ese caso no calificaría como reembolso de gastos, ya que uno de los requisitos exigidos por el SII es que las remuneraciones pagadas no correspondan a personal dependiente de la empresa mandataria.

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