Ley 40 Horas en Chile: Qué dicen los nuevos dictámenes de la DT para el ajuste a 42 horas
La implementación de la Ley 40 Horas entra en su etapa clave este 26 de abril con la rebaja a 42 horas semanales. Entre los nuevos dictámenes de la Dirección del Trabajo (DT), se ha redefinido quiénes pueden ser contratados bajo el Artículo 22, limitando esta opción solo a altos mandos o roles sin supervisión directa.
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| Publicación abril 16, 2026| Última actualización abril 16, 2026
El día 26 de abril de 2026 las empresas en Chile iniciarán formalmente la reducción gradual de la jornada laboral a 42 horas. Sin embargo, la implementación ha generado dudas operativas críticas. Para despejar el panorama, la Dirección del Trabajo (DT) ha emitido dos nuevos dictámenes que precisan quiénes quedan excluidos de la limitación de jornada (Art. 22) y cómo debe realizarse la reducción de minutos en la práctica.
En esta nota, desglosamos estos pronunciamientos de forma clara y simple, para asegurar que tu organización cumpla con la normativa vigente.
¿Qué dice el nuevo dictamen sobre el Artículo 22?
Uno de los cambios más profundos de la Ley 21.561 es la restricción del inciso segundo del Artículo 22 del Código del Trabajo. Mientras el inciso primero establece que la jornada ordinaria no puede exceder las 42 horas en este hito de 2026, el inciso segundo actúa como la excepción a la regla. En este contexto, el reciente dictamen ORD. N°252/20 de la DT busca evitar el uso injustificado de esta figura, limitándose estrictamente a casos excepcionales.
Categorías que mantienen la exclusión
A partir del nuevo criterio, solo dos grupos de trabajadores pueden estar bajo el "Art. 22":
- Gerentes y Administradores: Aquellos que cuentan con facultades de administración y representación de la empresa.
- Trabajadores sin fiscalización superior inmediata: Personas que, por la naturaleza de sus funciones, desempeñan sus labores sin un control directo o supervisión constante de un superior.
¿Qué significa esto para RR.HH.? Ya no basta con que el contrato diga "excluido de jornada". Si un trabajador tiene un jefe directo que controla sus horarios o reporta tareas diarias de forma presencial o telemática, debe tener jornada limitada y control de asistencia.
Nuevo dictamen: Cómo aplicar la reducción si no hay acuerdo
El segundo dictamen ORD.N°253/21 específica que, a falta de acuerdo entre la empresa y el trabajador (o sindicato), el empleador ya no puede decidir arbitrariamente restar unos pocos minutos cada día. La ley ahora define unidades de tiempo claras para la rebaja unilateral:
Cómo aplicar la rebaja según tu jornada
Si no lograste un acuerdo formal (y puedes acreditar que intentaste negociar), debes aplicar la regla supletoria al término de la jornada:
- Jornada de 5 días: La rebaja de 2 horas (para pasar de 44 a 42) se implementa restando 1 hora completa al final de la jornada en dos días distintos.
- Jornada de 6 días: La rebaja se divide en 50 minutos en dos días y los 20 minutos restantes en un tercer día.
Nota para RR.HH.: Si tenías trabajadores con jornadas ya reducidas (por ejemplo, 43 horas), la unidad máxima de rebaja diaria sigue siendo de 1 hora para jornadas de 5 días, y el remanente debe ir en un día distinto. No se pueden acumular.
La importancia del Registro de Asistencia en el nuevo escenario
Con la restricción del Artículo 22, miles de trabajadores que antes no marcaban asistencia ahora deberán hacerlo. La DT ha enfatizado que el uso de sistemas electrónicos de registro (como el que ofrece Buk) es fundamental para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las 42 horas de trabajo semanal, evitando multas tras las fiscalizaciones anunciadas.
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Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el nuevo dictamen sobre el Artículo 22?
¿Se pueden reducir 12 minutos diarios?
Solo si hay acuerdo escrito. Unilateralmente, el empleador debe reducir 1 hora completa en días específicos.
¿Qué pasa si mi cargo ya no califica para Art. 22?
Debe firmar un anexo, pasar a jornada de 42 horas y comenzar a registrar su asistencia diariamente.
¿La reducción afecta el sueldo?
No. La ley prohíbe explícitamente cualquier disminución en las remuneraciones producto de esta rebaja de horas.
Periodista especializada en creación de contenido y redacción de notas, con foco en contenido digital y gestión de ...

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