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El ministro del Trabajo, Tomás Rau, explicó que el Ejecutivo analiza una reforma al sistema de indemnizaciones. La propuesta aún no tiene fecha de ingreso al Congreso, pero ya define un mecanismo y anticipa un debate complejo.
| 2 Minutos de lectura
| Publicación 18/06/2026 | Última actualización 18/06/2026
En una entrevista con EmolTV publicada por Emol el 18 de junio de 2026, el ministro del Trabajo, Tomás Rau, confirmó que el Gobierno está estudiando una propuesta para avanzar hacia un esquema de indemnización a "todo evento", uno de los compromisos de campaña del presidente José Antonio Kast.
En Chile, la indemnización por años de servicio está regulada por el artículo 163 del Código del Trabajo.
Opera bajo una lógica acotada: el trabajador tiene derecho a ella solo si es despedido por necesidades de la empresa (artículo 161) o por desahucio del empleador.
Las reglas vigentes son:
Según datos citados por Rau en la entrevista, solo alrededor del 20% de las relaciones laborales terminan por necesidades de la empresa. Eso significa que el grueso de los trabajadores nunca accede a esta indemnización bajo el esquema actual.
La propuesta que está analizando el Ministerio del Trabajo busca que la indemnización se pague en todos los casos de término de contrato, incluyendo la renuncia voluntaria. De ahí el nombre: "a todo evento".
El mecanismo contemplado funciona así:
Este modelo ya existe en otros países. En Latinoamérica, Brasil lo adoptó en 1988 a través del FGTS (Fondo de Garantía del Tiempo de Servicio), que opera de forma similar: cotización mensual del empleador que el trabajador puede retirar al dejar el empleo.
El diseño no está cerrado. En sus declaraciones a EmolTV, Rau identificó al menos tres tensiones que la propuesta debe resolver:
Chile tiene alta rotación en contratos cortos. La probabilidad de perder el empleo antes de los 12 meses es más del doble que después de ese período. Un esquema de cotización universal beneficiaría especialmente a trabajadores con contratos de corta duración, que hoy quedan sin cobertura.
El Ministerio analiza que la reforma aplique solo a contratos nuevos, sin afectar a trabajadores con años de antigüedad acumulados bajo el régimen actual. Esto reduce el impacto inmediato sobre las expectativas de los trabajadores que hoy calculan una indemnización futura.
Una cotización de 1,8% sobre la remuneración representa un costo adicional en la nómina. La magnitud dependerá del porcentaje definitivo y de si se contempla alguna compensación —por ejemplo, una reducción equivalente en otra cotización, como ocurrió con la Sala Cuna Universal.
Es un sistema en el que el trabajador recibe una compensación al término de su contrato sin importar la causa: despido, renuncia voluntaria o mutuo acuerdo.
El empleador realizaría una cotización mensual —estimada en torno al 1,8%— que se acumularía en el Seguro de Cesantía. Al terminar el contrato, el trabajador retira esos fondos.
El ministerio maneja como referencia un 1,8% sobre la remuneración mensual. El porcentaje definitivo aún no está determinado.
Una de las opciones en análisis es que la reforma aplique solo a contratos nuevos, sin modificar las condiciones de quienes ya tienen años de antigüedad acumulados.
No hay fecha definida. El proyecto no ha sido ingresado al Congreso y el Ministerio lo sitúa como una iniciativa de mediano plazo dentro del período presidencial.
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