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Ley 40 Horas: ¿Quiénes se quedan fuera de la rebaja de jornada el 26 de abril?

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| 4 Minutos de lectura

| Publicación marzo 30, 2026| Última actualización abril 20, 2026


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Ley 40 Horas Chile: ¿Quiénes no bajan a 42 horas en 2026?
5:33

El próximo 26 de abril de 2026 marca el segundo gran hito de la Ley 21.561, conocida como la Ley 40 Horas. En esta fecha, la jornada laboral ordinaria en Chile debe reducirse de 44 a 42 horas semanales. Si bien esta normativa busca mejorar la calidad de vida de miles de colaboradores, existen grupos específicos que, por la naturaleza de sus funciones o su régimen contractual, no verán modificada su carga horaria.

 

En Buk, sabemos que la gestión de personas requiere precisión legal. Por ello, analizamos a fondo quiénes son los trabajadores que quedan excluidos de esta rebaja y qué dice el dictamen más reciente de la Dirección del Trabajo (DT) al respecto.

La exclusión del Artículo 22: El nuevo estándar

Históricamente, el inciso segundo del Artículo 22 del Código del Trabajo era utilizado de forma amplia para eximir a trabajadores de la limitación de jornada. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley 40 Horas, este espacio se restringió significativamente.

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¿Quiénes mantienen la exclusión de jornada?

Bajo el marco de la Ley 21.561 y las precisiones del Dictamen ORD. N°252/20 (17 de abril 2026), la exclusión de jornada dejó de ser una opción generalizada. Hoy, para quedar fuera del límite de 42 horas (y la futura meta de 40), el trabajador debe pertenecer estrictamente a una de estas dos categorías:

 

  • Altos cargos de confianza: Gerentes, administradores y apoderados con facultades reales de administración (aquellos que representan a la empresa y tienen poder de decisión autónoma).
  • Trabajadores sin fiscalización superior inmediata: Solo quienes, por la naturaleza de sus labores, desempeñen sus funciones sin control directo, constante ni supervisión de un superior.

Actualización crítica: La DT ha determinado que la sola existencia de un jefe directo, el reporte de avances por plataformas digitales o la exigencia de horarios de conexión anulan la exclusión. Si hay supervisión, el trabajador debe marcar asistencia y su jornada debe ajustarse al límite legal de 42 horas mediante un anexo de contrato.

 

¿Te interesa saber más sobre las excepciones y flexibilidad de implementación? > Lee todos los detalles y las últimas aclaraciones normativas en esta nota especializada de Buk: Ley 40 Horas en Chile: Flexibilidad y Reducción a 42 horas.

Otros regímenes que no se ven afectados el 26 de abril

Si bien el próximo 26 de abril de 2026 la jornada laboral ordinaria se reduce legalmente a 42 horas semanales, existen grupos de trabajadores que, por su naturaleza jurídica o contractual, no se ven impactados por este hito de la Ley 21.561 de la misma forma.

1. Trabajadores del Sector Público

La Ley 40 Horas modifica exclusivamente el Código del Trabajo. Por lo tanto, los funcionarios públicos regidos por el Estatuto Administrativo (Ley 18.834) o el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley 18.883) no reducen su jornada de forma automática este abril. Su proceso de reducción se rige por proyectos de ley independientes y acuerdos específicos entre el Gobierno y la ANEF, manteniendo sus propios plazos de implementación.

2. Honorarios y prestadores de servicios

Las personas que prestan servicios mediante la emisión de boletas de honorarios no mantienen un vínculo de subordinación y dependencia bajo las normas del Artículo 7 del Código del Trabajo. Al ser una relación de carácter civil y no laboral, no existe una jornada legalmente limitada, por lo que no son sujetos de la rebaja a 42 horas ni de la posterior reducción a 40.

3. Jornadas especiales y sistemas excepcionales

Para los sectores con continuidad operacional (como minería, procesos industriales o salud privada), la normativa permite jornadas excepcionales autorizadas por la Dirección del Trabajo (Art. 38). En estos casos, la adecuación no es lineal:

 

  • El promedio semanal de horas en el ciclo no puede exceder las 42 horas a partir de este abril de 2026.
  • Las empresas pueden compensar el exceso de tiempo trabajado sobre las 40 horas mediante el otorgamiento de hasta 9 días de descanso anual adicional, según lo dictaminado por la DT para estos regímenes especiales.

"La reducción de la jornada laboral es gradual y protege la remuneración de los trabajadores. Aquellos sistemas que por su naturaleza no pueden detenerse, deben ajustar sus ciclos para que el promedio de horas no supere el máximo legal vigente al 26 de abril". —Dirección del Trabajo (DT), Dictamen de Implementación Ley 21.561.

¿Tu empresa ya está lista para el hito de las 42 horas?

La reducción de jornada no es solo un cambio de reloj; implica ajustar contratos, revisar sistemas de marcaje y asegurar el cumplimiento de los nuevos promedios en jornadas excepcionales para evitar multas de la Inspección del Trabajo.

 

En Buk, hemos creado una plataforma que automatiza estas transiciones de forma legal y sencilla, permitiéndote gestionar bandas horarias y turnos rotativos con un solo clic.

 

Evita multas y simplifica tu gestión hoy mismo.

 

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¿Encontraste un error de información en esta nota? ¡Escríbeme a cmaldonado@buk.cl y conversemos!

Preguntas Frecuentes

¿A quiénes no les aplica la reducción a 42 horas?

 No aplica a funcionarios públicos, trabajadores a honorarios y ciertos cargos de alta confianza bajo el Art. 22 inciso 2. 

 

¿Cuándo baja la jornada a 42 horas en Chile?

El hito legal de reducción a 42 horas comienza el 26 de abril de 2026.

¿Qué pasa con el Artículo 22 en 2026?

Solo pueden estar exentos de jornada quienes no tengan fiscalización superior inmediata o ejerzan facultades de administración, bajo criterios estrictos de la DT.

Periodista especializada en creación de contenido y redacción de notas, con foco en contenido digital y gestión de ...

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