¿Trabajas en RR.HH.? Este kit gratuito es para ti 🎁

Descargar Kit

Novedades 2026

¿La gratificación es imponible y tributable en Chile?

En Chile, la gratificación legal y convencional constituye remuneración imponible y tributable. Por ende, está afecta al pago de cotizaciones previsionales de salud, pensiones y desempleo, así como al Impuesto Único de Segunda Categoría, requiriendo reliquidación en los pagos anuales o acumulados.

¿La gratificación es imponible y tributable en Chile?

Calcula la gratificación legal que corresponde pagar según la normativa vigente.

| 3 Minutos de lectura

| Publicación noviembre 2, 2026| Última actualización noviembre 2, 2026

Calcula la gratificación legal que corresponde pagar según la normativa vigente.


Síguenos

¿La gratificación es imponible y tributable? | Buk
4:57

En Chile, la gratificación legal constituye una remuneración imponible y tributable de acuerdo con la legislación laboral e impositiva vigente. Los artículos 41 y 42 letra e) del Código del Trabajo la definen como la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. Asimismo, el artículo 47 de dicho cuerpo legal, citado en pronunciamientos de la Superintendencia de Seguridad Social, exige a las empresas con fines de lucro que obtengan utilidades líquidas en su giro repartir entre sus trabajadores una suma no inferior al 30% de esa utilidad. Al poseer carácter remunerativo, sobre este pago se descuentan las imposiciones previsionales y se calcula el Impuesto Único de Segunda Categoría.

 

Imponibilidad de la gratificación y cotizaciones previsionales

La gratificación forma parte de la remuneración imponible del colaborador, por lo que sobre ella se calculan y descuentan las cotizaciones previsionales obligatorias de la seguridad social. Al no estar exenta de imponibilidad, los pagos efectuados por este concepto incrementan la base de cálculo para las instituciones previsionales.

 

Las cotizaciones que afectan la gratificación imponible comprenden los siguientes rubros:

 

  • Cotización obligatoria para la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Cotización legal de salud abonada a Fondo Nacional de Salud (FONASA) o Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE).
  • Cotizaciones destinadas al seguro de desempleo y seguro de accidentes del trabajo.

Tributabilidad de la gratificación e Impuesto Único de Segunda Categoría

La gratificación tributa en el Impuesto Único de Segunda Categoría debido a su consideración legal como renta del trabajo. Para efectos del cálculo tributario mensual, la gratificación percibida se suma a las demás remuneraciones imponibles del colaborador, determinando el tramo impositivo según la tabla progresiva vigente.

 

Cuando la gratificación se liquida y abona en forma mensual en conjunto con el sueldo base, la retención impositiva se efectúa directamente en la liquidación de dicho periodo. Cuando el beneficio se paga de manera acumulada o anual tras el cierre del ejercicio comercial, se aplica un procedimiento de distribución impositiva.

Reliquidación tributaria y previsional según el Servicio de Impuestos Internos

La reliquidación tributaria de las gratificaciones anuales permite atribuir el ingreso a los periodos en que efectivamente se devengó. De acuerdo con la Circular N° 62 de 2014 del Servicio de Impuestos Internos, cuando la gratificación legal o convencional se liquide o pague de forma acumulada o anual, su monto se debe reliquidar o distribuir proporcionalmente entre los meses del ejercicio en que se devengó para determinar los ajustes de tributación de Impuesto Único e imposiciones previsionales de cada mes.

 

Este ajuste recalcula el impuesto retenido mes a mes, evitando que el pago acumulado eleve artificialmente el tramo impositivo en un solo periodo. Las áreas de Gestión de Personas deben efectuar la redistribución imponible y tributaria ajustando los saldos correspondientes en las declaraciones de la empresa.

Requisitos para deducir la gratificación como gasto de la empresa

Las empresas pueden deducir los desembolsos por gratificación de la base imponible del Impuesto de Primera Categoría. El Artículo 31 N° 6 de la Ley sobre Impuesto a la Renta permite a las empresas deducir como gasto aceptado para la determinación de su Renta Líquida Imponible los pagos por gratificaciones legales, contractuales o voluntarias, siempre que se hayan retenido y pagado los impuestos e imposiciones previsionales imponibles aplicables sobre ellas.

 

El cumplimiento de la retención y entero de las cotizaciones resulta determinante para la validez tributaria del gasto. Si la entidad omite el pago de las cotizaciones o del impuesto retenido, la administración tributaria puede rechazar la deducción en la determinación de la Renta Líquida Imponible.

Concepto Tratamiento Normativo Base Legal / Fuente
Naturaleza jurídica Parte de las utilidades que beneficia el sueldo Código del Trabajo, Arts. 41 y 42 letra e)
Reparto legal obligatorio Proporción no inferior al 30% de la utilidad líquida Código del Trabajo, Art. 47
Imponibilidad previsional Afecta a cotizaciones de AFP, salud y seguro de cesantía Dirección del Trabajo / SUSESO
Pagos anuales o acumulados Reliquidación proporcional en los meses de devengo Servicio de Impuestos Internos, Circular N° 62 (2014)
Deducibilidad tributaria corporativa Gasto aceptado si se retienen y enteran imposiciones e impuestos Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 31 N° 6

 

Preguntas Frecuentes sobre Gratificación Legal Imponible y Tributable

¿La gratificación legal distribuida sobre el 30% de utilidades es imponible?

Sí, la gratificación legal pagada bajo el esquema del 30% de las utilidades del ejercicio es imponible y tributable. Por ello, sobre el monto asignado deben realizarse las cotizaciones de salud y pensiones, adeudando además el Impuesto Único de Segunda Categoría según la Renta Líquida de cada colaborador.

¿Qué sucede con el Impuesto Único si la gratificación se paga mensualmente?

Si la gratificación se abona mes a mes, el cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría y las cotizaciones previsionales se efectúa dentro de la misma liquidación de remuneraciones mensual, sin requerir una reliquidación posterior.

¿Cómo facilita Buk el cálculo imponible y tributable de la gratificación

El software de Gestión de Personas de Buk automatiza el procesamiento de las gratificaciones imponibles y tributables, gestionando los topes de imposiciones, la aplicación de tramos del Impuesto Único y la reliquidación de haberes acumulados conforme a las normativas del Servicio de Impuestos Internos y de la Dirección del Trabajo.

¿Qué condición se requiere para que la gratificación voluntaria sea gasto aceptado?

Para que la gratificación sea deducible como gasto en la Renta Líquida Imponible de la empresa, el empleador debe haber retenido y pagado oportunamente los impuestos e imposiciones previsionales imponibles aplicables sobre dichos montos.

Para asegurar una administración de remuneraciones ordenada y ajustada a la legalidad, las áreas de Gestión de Personas requieren herramientas tecnológicas que simplifiquen el cumplimiento previsional y tributario. Automatizar la liquidación de haberes disminuye inconsistencias en las retenciones y garantiza la adecuada atribución de gastos en la empresa. Si deseas modernizar la gestión laboral de tu organización con respaldo normativo permanente, te invitamos a conocer la plataforma de Buk y seguir nuestras novedades editoriales.

Periodista especializada en creación de contenido y redacción de notas, con foco en contenido digital y gestión de ...

¡Déjanos tu comentario!

Artículos relacionados

titulo form